ISSN impreso: 0186-0348

ISSN electrónico: 2395-8464

Acerca del aprendizaje y la conformacin poltico-institucional nacional. Una relectura de la "Confederacin" argentina (1852-1862)

 

About Learning and the Political-Institutional Shaping of the Country. A Re-interpretation of the Argentinean "Confederation" (1852-1862)

 

Ana Laura Lanteri

 

INFORMACIN SOBRE LA AUTORA:

Ana Laura Lanteri. Doctora en Historia por la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, y profesora y licenciada en Historia por la Universidad Nacional de Mar del Plata. Ha recibido becas y subsidios de investigacin de la UNMdP y del CONICET. Actualmente (2011-2013) se desempea como becaria posdoctoral del CONICET y como docente y colaboradora en las reas de pedagoga e historia argentina de la UNMdp. Integra el Grupo de Investigacin "Problemas y debates del siglo XIX" (UNMdP). Ha publicado artculos en revistas nacionales e internacionales y ha participado como ponente en diversos encuentros acadmicos. Su investigacin versa sobre el sistema poltico de la "Confederacin" argentina (1852-1862).

ABOUT THE AUTHOR:

Ana Laura Lanteri. PhD in History from the Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires and Professor and B.A. in History from the Universidad Nacional de Mar del Plata. Recipient of Fellowships and Research Grants from UNMdp and CONICET. Currently (2011-2013) a Postdoctoral Fellow of CONICET and a teacher and collaborator in the areas of Education and Argentinean History of UNMdp. Member of the Research Group "Problems and Debates of the 19th century" (UNMdp). Has published articles in national and international journals and delivered papers at various academic meetings. Her research focuses on the political system of the Argentinean "Confederation" (1852-1862).

 

 

Fecha de recepcin: julio de 2011;  Fecha de aceptacin: junio de 2012.

 

 

Resumen

Se realiza una relectura de la "Confederacin" argentina (1852-1862) desde una perspectiva soslayada por los estudios especficos del periodo. Se focaliza en la convergencia de las dinmicas nacional y provincial para explicar la conformacin del orden poltico. Se afirma que, en el hiato entre lo proyectado y lo realizado, un proceso de aprendizaje y de conformacin poltico-institucional nacional se inici por entonces y se consolid en las dcadas siguientes. Se privilegia al Congreso como la institucin desde la que se observa la problemtica, en tanto mbito de conformacin de la dirigencia nacional y de la institucionalidad estatal. Pero la indagacin lo trasciende, al considerarse el accionar y la interaccin de los legisladores y del poder ejecutivo nacional y la respuesta de las elites polticas provinciales a las disposiciones all tomadas.

Palabras clave: "Confederacin" argentina; elites polticas provinciales; poder ejecutivo nacional; congreso nacional; justicia federal.

 

Abstract

The Argentinean "Confederation" (1852-1862) is re-interpreted from a perspective overlooked by specific studies on the period. It focuses on the convergence of national and provincial dynamics to explain the formation of the political order. It states that a learning process and national politico-institutional shaping began in the hiatus between the projected and the actual, which was consolidated in the following decades. Congress is the institution from which the problem is observed as a sphere for shaping national leadership and state institutions. But the paper goes beyond this to consider the action and interaction of legislators and the executive branch and the response of provincial political elites.

Key words: "Confederation"; provincial political elites; national executive branch; national congress; federal justice.

 

Introduccin

En las ltimas dcadas, la historiografa poltica iberoamericana reformul sus principales interrogantes y renov sus enfoques metodolgicos y conceptuales sobre el proceso de conformacin de los Estados nacionales durante el siglo XIX. A partir de una variedad de espacios geogrficos y de periodos abordados con sus especificidades propias, diversos estudios han dado cuenta del carcter miscelneo del federalismo y el republicanismo en la regin y del arduo trabajo que supuso su construccin.1

Desde un enfoque renovador para el caso argentino, Jos Carlos Chiaramonte sugiri un anlisis alternativo a los estudios que haban considerado la "cuestin regional" como la de los obstculos interpuestos en el camino de una organizacin nacional iniciada desde la disolucin del vnculo colonial. En cambio, afirm que en dicho proceso fuerzas provinciales contrapuestas —actuantes como Estados soberanos e independientes desde 1820—, cambiaron su orientacin para que surgiese un Estado federal en 1853.2

En efecto, la Constitucin nacional sancionada en dicho ao defini una federacin que se consolidara por la delegacin en el poder nacional de ciertas facultades por parte de los gobiernos provinciales. Como la provincia de Buenos Aires se neg a encolumnarse tras las dems en este sistema poltico, convivieron hasta 1862 dos Estados en el territorio de las ex Provincias Unidas del Ro de la Plata: el de Buenos Aires y el de la "Confederacin" de las provincias liderado por Justo Jos Urquiza (hasta entonces gobernador de Entre Ros). Ambos Estados lucharon durante una dcada por consolidar sus estructuras econmicas y poltico-institucionales y por obtener la unidad y supremaca nacional.3

Pese a representar una bisagra que articula la primera y la segunda mitad del siglo XIX en el proceso de conformacin estatal nacional, esta etapa y, especialmente, la Confederacin, han sido poco estudiadas por la historiografa argentina. En efecto, a diferencia de los importantes y renovados estudios sobre el Estado porteo,4 los trabajos que sobre aquella intentan realizar una mirada de conjunto son escasos. Adems, fueron realizados en su mayora con anterioridad a la dcada de 1990, por lo que no participaron del clima de renovacin de la historia poltica que referimos.

Y a ello se suma que, a nuestro entender, las interpretaciones dadas dificultan la comprensin de la trama poltica e institucional de la Confederacin. Tanto aquellos autores que enfatizaron la imposibilidad de sentar bases institucionales y polticas nacionales como los que, por el contrario, sealaron el xito alcanzado en la organizacin nacional soslayaron una cuestin que creemos fundamental:5 prestaron poca atencin a la convergencia de las dinmicas provincial y nacional para explicar la conformacin del orden poltico del periodo. Estas visiones dieron as poco margen de participacin a las provincias y a sus representantes, desdibujando su protagonismo en el proceso.6

En estas pginas se asume una postura intermedia entre ambas visiones al afirmarse que, en el hiato entre lo proyectado y lo realizado, un proceso de aprendizaje y construccin poltico-institucional nacional se inici en la Confederacin y se consolid en las dcadas siguientes.7 Aunque mucho menos eficaz de lo que sus autoridades esperaban, este fue ms importante para la conformacin estatal nacional —tanto coetnea como posterior— de lo que las interpretaciones histricas describieron. Postulamos que, por la sociabilidad de la poltica y el andamiaje institucional que se fue construyendo, las provincias comenzaron a entenderse y a asumirse en una forma federal y republicana y las autoridades a constituirse en una dirigencia poltica con proyeccin nacional.

El enfoque elegido privilegia al Congreso nacional —que funcion en Paran, la capital de la Confederacin, entre 1854 y 1861—, como la institucin estatal desde la que se observa la problemtica. Se lo aborda como un mbito efectivo de encuentro, aprendizaje e integracin de las elites polticas provinciales en el nuevo sistema poltico. Y, por ende, de conformacin de la dirigencia nacional y de la institucionalidad estatal. Pero la indagacin trasciende dicha institucin. Ello es porque se considera el accionar concreto y la interaccin de los legisladores y del poder ejecutivo nacional y la respuesta de las elites polticas provinciales a las disposiciones tomadas en el Congreso.

En primer lugar, se estudian los rasgos centrales del funcionamiento institucional de dicho recinto legislativo. Luego, se profundiza el anlisis desde la labor legislativa desarrollada y se presentan algunos ejemplos sobre su implementacin prctica, que creemos centrales para problematizar el proceso estudiado. Especialmente, referimos al papel y el accionar de la justicia federal. A diferencia de aquellos autores que aludieron a su falta o casi nula actividad, mostramos su alcance y funcionalidad como poder estatal e institucin para la nacionalizacin de las provincias.8

 

Las provincias en un marco institucionalizado: funcionamiento general del Congreso nacional

Tras la secesin de Buenos Aires en septiembre de 1852, los representantes de las restantes provincias integradas en la Confederacin se aglomeraron en el "Congreso General Constituyente" que sent las piedras angulares del nuevo juego poltico nacional. A comienzos de 1854 se realiz el escrutinio de la eleccin presidencial y, luego de que las nuevas autoridades asumieron sus cargos, dicho Congreso cerr sus sesiones.9Elegido presidente, Justo Jos de Urquiza, se dispuso enseguida a dar nuevos pasos tendentes a la organizacin estatal.

Por una parte, para contrarrestar el peso diplomtico porteo y lograr que la Confederacin fuese reconocida como Estado soberano, envi a Juan Bautista Alberdi en una misin a Francia e Inglaterra (en donde permaneci hasta I860, como analizaremos luego). La eleccin de Alberdi no fue casual. En efecto, ya se haba recapitalizado su discurso cuando sus postulados quedaron plasmados en las normas constitucionales nacionales de 1853. En sus "Bases" escritas en 1852 haba enunciado que la soberana resida "originariamente" en la nacin y con ello produjo un viraje discursivo concluyente: el pasaje del sistema confederal a un Estado federal.

Su "repblica posible" se asent en la legitimidad del poder limitado para, a partir de ese afianzamiento institucional del poder, transformar a la sociedad nacional. En este marco seal que el poder ejecutivo nacional era el ms importante en la administracin estatal.10 Segn Alberdi, sera un presidente constitucional con las facultades de un rey, el lmite a su poder era el plazo de seis aos de duracin de su mandato que, por otra parte, no era ni hereditario ni renovable a pesar de las muchas atribuciones que concentraba. Adems, estaba equilibrado por el poder judicial y dos cmaras legislativas que representaban a todas las provincias (en la de senadores de manera igualitaria y en la de diputados en forma proporcional).11

El discurso de la nacin sirvi entonces para legitimar la construccin del Estado que emprendi el personal poltico federal. Al igual que en otros espacios iberoamericanos, la representacin poltica y la divisin de poderes fueron tanto principios que sirvieron de eje para configurar la nueva legitimidad poltica como mecanismos de gobierno.12 Como advertiremos enseguida, en este marco se establecieron complejas relaciones entre los poderes estatales.

Adems de buscar apoyo extranjero, Urquiza procur afianzar su poder poltico apuntalando mecanismos de centralizacin y de control ideolgico. Para ello viaj en marzo a Crdoba, una provincia que le permiti tener visibilidad poltica por fuera del Litoral, regin donde haba consolidado su poder. Su estrategia era ganar desde all apoyos provinciales y garantizar elecciones satisfactorias para el Congreso nacional pronto a reunirse en mayo.

El Congreso, como espacio soberano ubicado en la capital, posibilitaba al ejecutivo nacional acercarse y disciplinar a los poderes provinciales soslayando un dilogo directo con los gobernadores en sus respectivas provincias, que poda resentir la base de su legitimidad poltica. Y, adems, le permita hacer uso de un mecanismo como la conexin diplomtica, que estaba aceitado por dcadas de pactos interprovinciales (los ms importantes, en efecto, fueron considerados como antecedentes en el propio prembulo de la Constitucin nacional).

Sus esfuerzos por reunir al Congreso dieron testimonio del enlace entre los procesos constitucionales formales y las circunstancias y voluntades polticas concretas. Las sesiones finalmente se inauguraron el 22 de octubre de 1854, casi cinco meses despus de la fecha pautada, porque recin por entonces se logr conformar el qurum legal para sesionar (estipulado como la mitad ms uno de los miembros de cada Cmara legislativa). Y por ley, como esas sesiones slo duraron hasta el 3 de diciembre, se decidi declararlas extraordinarias.13

Aunque la mayora de las provincias haba elegido a sus diputados y senadores en la fecha estipulada, tensiones polticas entre los ejecutivos y las legislaturas de algunas de ellas, como La Rioja, Crdoba y San Juan y la falta de recursos para costear el traslado a Paran, demoraron la instalacin.14 Adems de estas circunstancias, el obstculo ms frecuente para lograr el qurum fue la preferencia que los elegidos tuvieron por sus negocios particulares, por permanecer en sus puestos polticos provinciales o, simplemente, por optar representar a otra provincia que los haba elegido en forma simultnea.15

Las circunstancias de 1854 no fueron una eventualidad poltica sino ms bien una norma. En efecto, el Congreso nacional sesion hasta diciembre de 1861 en un complejo marco institucional. Su funcionamiento se vio especialmente afectado por las dificultades antes mencionadas que le impedan conformar el qurum legal pero, adems, por la falta de personal administrativo que pudiera agilizar su labor.16

No obstante, dicho recinto fue un puesto privilegiado desde el que distintos legisladores lograron extender el poder y los intereses de su familia. Claro que dicha situacin se hizo ms tangible para muchos actores luego de 1854, cuando el Congreso sigui funcionando con regularidad y las instituciones creadas —algunas de las que examinaremos enseguida— iban canalizando los vnculos entre los poderes provinciales y el poder central. Si bien las distintas situaciones provinciales y personales nos impiden hacer una conclusin general, podemos sealar la progresiva consolidacin del espacio de poder nacional gracias a la delegacin de los diputados all reunidos.17

En efecto, una cuestin que debe advertirse para explicar el bajo qurum del Congreso es su estrecha vinculacin con una cualidad central del personal poltico federal durante el periodo: la superposicin y circulacin de funciones nacionales y provinciales, sobre la que volveremos enseguida. Muchas veces los legisladores no asistieron a las sesiones por estar desempeando alguna otra funcin en la administracin nacional en la misma Paran o en las provincias. Ellos mismos se mostraron especialmente preocupados por esta situacin y tomaron diversas medidas que evidencian que haba inters en mantener al Congreso como un espacio poltico comn.

Por una parte, incorporaron en los reglamentos internos de ambas Cmaras pasos rigurosos a seguir en caso de inasistencia o renuncia de los legisladores, que incluyeron hasta multas en dinero. Y desde el primer presupuesto anexaron el cobro de la "leguada" (una suma extra de dinero acorde con la distancia que recorran desde el territorio en el que residan hasta Paran).18 Por otro lado, sancionaron algunas leyes, como la que declar incompatible el cargo de ministro con el de legislador en 1856 y la que dispuso que los legisladores deban tener permiso de su Cmara para aceptar o retener cualquier empleo del ejecutivo nacional en 1857.

Un repaso somero de las discusiones suscitadas por la aprobacin de esta ltima y por el rechazo del Congreso al veto que el poder ejecutivo nacional intent hacerle ser de utilidad para nuestro anlisis. Ello es porque revela un ajuste de atribuciones y deberes entre ambos poderes estatales y entre los niveles de poder provincial y nacional fijados en la Constitucin nacional. Dichas discusiones sobre los alcances del rgimen poltico nacional son por lo dems interesantes para vislumbrar la manera en que se fueron modelando los vnculos y esferas de accin de cada uno de estos.19

Bajo el argumento de que era inconstitucional que el Congreso decidiese sobre el contenido de la ley porque ello corresponda a las provincias —a los electores de los legisladores—, el poder ejecutivo nacional intent vetarla.20 Y apelando tambin a la Constitucin nacional, el poder legislativo rechaz el veto objetando su uso en un caso en que no estaba en peligro la paz pblica. Compararon en este sentido la gran cantidad de vetos que Urquiza haba realizado hasta entonces con los pocos dados en Estados Unidos, Chile y Brasil. Tambin se encarg el Congreso de destacarle al presidente que tena jurisdiccin exclusiva sobre sus miembros.

Una vez sancionada la ley, se gestionaron 42 permisos para ocupar y/o retener empleos del ejecutivo nacional.21 Muchos legisladores se opusieron a otorgar licencias porque pensaron que atentara contra la propia conformacin e independencia del poder legislativo. Sin embargo, otros consideraron que deban darse todos los permisos solicitados para fortalecer las diversas reas de formacin estatal.

Finalmente reconocieron la importancia de no alterar el frgil orden administrativo al restarle personal idneo al gobierno nacional. Y ponderaron tambin el fortalecimiento de este ltimo por encima de los poderes provinciales, lo que redund en beneficio del fortalecimiento del aparato estatal. Negaron entonces la posibilidad a algunos de sus pares de licenciarse para ocupar cargos en las provincias mientras que dieron permiso a otros para desarrollar funciones en reas para las que haba pocos hombres cualificados.

Esto ltimo siempre y cuando no fuesen a la vez empleados administrativos del propio Congreso. Como anticipamos, encontrar personal idneo para atender sus diversas tareas fue muy dificultoso y los legisladores no estuvieron dispuestos a que desempearan funciones en otras dependencias estatales.22 Se transparent as una situacin de reserva de atribuciones y prerrogativas del poder legislativo, sin que ello implicara desatender la conformacin de una administracin nacional.

El vnculo establecido entre ambos poderes estatales en el Congreso plasm la concepcin alberdiana de la armona de un sistema federal con un ejecutivo fuerte. Este ltimo trat de incidir en la aprobacin de la ley que acabamos de analizar. Pero adems, segn hemos podido advertir en nuestra investigacin doctoral, lo hizo en el caso de muchas otras y tuvo injerencia tambin en otros niveles del desarrollo institucional del Congreso, como la seleccin de candidatos para ocupar las bancas.23

Pese a ello, las provincias y sus representantes no resignaron su poder y percibieron al recinto legislativo como un espacio propicio para la conformacin de una institucionalidad estatal que las integrase. Incluso, la injerencia del ejecutivo no fue considerada por muchos de los legisladores —quienes, por ejemplo, en el caso analizado sugirieron dar todos los permisos— como un elemento disolvente.

Por el contrario, en un marco de transformacin poltico-institucional como el estudiado, encontraron en l un mecanismo para consolidar el entramado institucional y hacer as viable la organizacin nacional. Dicho ajuste de atribuciones entre el poder ejecutivo y el legislativo —y luego observaremos tambin con el poder judicial— fue conformando la dirigencia nacional.

Hubo otras escenas que se orientaron en este sentido. Las discusiones suscitadas por la presentacin de los presupuestos nacionales, por ejemplo, ilustran con claridad lo que afirmamos. La ley que acabamos de analizar fue complementada en 1857 con otra que estableci que dichos presupuestos y las memorias ministeriales que los acompaaban deban ser publicados por el poder ejecutivo nacional dentro de los 20 das luego del inicio de cada periodo legislativo sin excepcin.

Motivaron la ley las reiteradas demoras en cumplir esta tarea, que condujeron adems a que el Congreso utilizara uno de los resortes institucionales que le permita balancear el peso del poder ejecutivo nacional: las interpelaciones.24 Al respecto, el ministro de Hacienda —que haba sido interpelado en 1856—, comentaba a uno de sus pares sobre su accionar:

Estoy haciendo ahora la Memoria que he de presentar a las Cmaras, que a juzgar por lo que he escrito ser un largo cuento de viejas. Cuando hablaba con seriedad la verdad pura. No les ha parecido bien mi franqueza; tal vez ahora tenga mejor suerte. La Memoria del Ministerio tiene que ser, aunque no quiera, una justificacin de la del ao pasado.25

Luego de las observaciones citadas, agreg que si no trazaba dicha memoria perdera credibilidad y que los legisladores estaran muy disgustados al saber que tampoco ese ao cobraran sus sueldos por el precario estado de las finanzas nacionales. El pasaje muestra las dificultades existentes en la regularizacin de la administracin estatal. Y, tambin, la voluntad del poder ejecutivo nacional de acreditarse ante los representantes de las provincias, legitimando su accionar aunque ello implicase darles informacin que no se condeca a la realidad de la Confederacin. Pese a fomentar dicha imagen, no contest a la ley.

En efecto, en 1858 se produjo otra interpelacin de la Cmara de Diputados por una nueva demora en los plazos de entrega del presupuesto pero, esta vez, recay sobre todo el gabinete.26 Las situaciones aludidas evidencian tambin la intencin de los legisladores de mantenerse informados y de poder participar de la administracin nacional. Estuvieron especialmente preocupados por el estado de desorganizacin del gabinete que les impeda conocer, ordenar y poder limitar el uso que se haca de los recursos federales.27

Adems, para las provincias era muy difcil la tarea de darse consistencia estatal sin participar de la estructura federal. Por ejemplo, los legisladores manifestaron en distintas ocasiones que las autoridades de las provincias que representaban les haban insistido en la necesidad de incrementar la partida presupuestaria de "subsidios", por su frgil estado financiero y administrativo. Incluso ms: mocionaron en ocasiones para que el ejecutivo nacional invirtiese con preferencia en dichas subvenciones los magros recursos de los que se dispona.28

Cmo se ide entonces la construccin de una estructura estatal nacional sobre un sustrato de provincias con escasos recursos econmicos y humanos?, cules fueron los principales temas a los que se atendieron? Y, lo que es de importancia mayor para comprender la viabilidad federal de la Confederacin, qu respuesta tuvieron las provincias a dicha construccin?

En un contexto de metamorfosis poltica como el estudiado, la invencin de leyes que deban servir de marco en una nueva configuracin de la estructura y de la legitimidad estatal fue parte de un proceso sin una frmula nica y cuyos efectos sobre las esferas poltica y socioeconmica eran en gran parte impredecibles. Los polticos de la Confederacin, que no eran personas ajenas al escenario nacional, crean en su espritu formativo.

El anlisis del perfil sociopoltico de las 203 personas que ocuparon los puestos estatales ms importantes revel su vasta trayectoria previa en defensa de la "unidad nacional". Asimismo, puso en evidencia sus cualidades profesionales y su circulacin y superposicin de funciones polticas, militares, judiciales y legislativas tanto anterior a 1852 como entre dicho ao y 1861.29 Esta ltima cualidad —la superposicin de cargos— atentaba contra el principio republicano de divisin e independencia de poderes y, como advertimos, afect la conformacin del qurum del Congreso.

Pero esta indiferenciacin entre las esferas del poder y la experiencia adquirida en la primera mitad del siglo XIX facilit en la prctica la construccin institucional estatal y la conectividad de la dirigencia nacional. La conformacin de dicha dirigencia exigi entonces recapitalizar y unificar un personal diverso que sin embargo tena su sustrato comn en la experiencia de los estados provinciales autnomos (y, en el caso de algunos, en las "Guerras de Independencia" de las primeras dcadas del siglo).

Ms all de sus divergentes itinerarios —que no son materia de este trabajo—, haban adquirido empricamente entrenamiento y saberes en el manejo de la actividad poltica y militar y reorientaron dicho bagaje corporizndolo en el nuevo sistema poltico nacional. Por ello, optaron por proyectar una legislacin que conjug la adecuacin a los mandatos constitucionales y una fuerte voluntad centralizadora y modernizadora con la experimentacin y la respuesta a necesidades y cuestiones coyunturales.

Segn surge del anlisis general de las 292 leyes que finalmente fueron sancionadas entre 1854 y 1861, la centralizacin y modernizacin administrativa, rentstica, judicial y militar y el control ideolgico sobre las provincias fueron pensados como los principales recursos sociopolticos y econmicos de dominacin y ejercicio del poder.

Las leyes podan tener principio en cualquiera de las Cmaras del Congreso, por proyectos presentados por sus miembros o por el poder ejecutivo nacional. El rastreo realizado alude nuevamente al peso de este ltimo, quien dio inicio al elevado porcentaje de 71.92%. La proyeccin de los gastos nacionales, cuyas discusiones hemos comenzado a analizar, tambin defini las prioridades en materia de conformacin estatal. Llegados a este punto, resulta interesante entonces advertir los rasgos centrales de esta arquitectura legislativa y de su implementacin prctica.

Antes de continuar, debemos sealar una cuestin de corte metodolgico. Analizar el impacto de cada una de las disposiciones en las trece realidades provinciales que convergieron en la Confederacin es una tarea dificultosa, no slo por su complejidad y amplitud, sino tambin por la dispersin y disponibilidad de fuentes.30No pretendemos entonces hacer un anlisis exhaustivo sobre el ordenamiento militar, judicial, econmico e ideolgico interno e internacional y su puesta en prctica, sino que detallamos slo el esquema general de las reas que fueron atendidas en materia de legislacin y gastos nacionales. Y profundizamos el estudio a partir de algunos casos concretos de la respuesta de las elites polticas provinciales a dicho ordenamiento.

 

Algunos casos clave en la actividad y retroalimentacin legislativa: dirigencia, instituciones y organismos administrativos para la nacin

Como era de esperarse por la escasez de recursos humanos y econmicos y por lo reciente de la conformacin estatal, la capacidad efectiva que tuvo el gobierno nacional de hacer cumplir su voluntad fue reducida. Al igual que ha sido destacado para otras latitudes como Mxico y Brasil, no debe confundirse entonces a una dirigencia poltica que consensu un programa de modernizacin material e institucional estatal con un Estado nacional poderoso.31

El proyecto poltico de una repblica federal con una legitimidad que reposara en el papel innovador de las instituciones encontr as resistencias. Que el Estado nacional ganara mayor densidad se conseguira con la articulacin de los intereses polticos y econmicos que se dispersaban en las provincias con los proyectos acuados en Paran, y en este punto fue poco lo que pudo ser realizado.

Dicho contraste entre el plan centralizador y modernizador y sus posibilidades prcticas no impidi sin embargo que se fuera definiendo una esfera de accin para las instituciones estatales ni que en dicho marco se fuera constituyendo una dirigencia nacional. Se logr avanzar mediante las leyes sancionadas y las relaciones forjadas en el Congreso en la consolidacin de los vnculos entre el poder nacional y los provinciales. Y en este devenir, como hemos comenzado a mostrar, se fueron conjugando los ideales e injerencia del ejecutivo nacional con el pragmatismo poltico y los intereses de las elites provinciales y de los legisladores y con las disposiciones tomadas por estos a raz del debate parlamentario.

Las elites polticas provinciales fueron asumiendo entonces un proceso de modernizacin y de superacin del mbito provincial.32Resulta sugerente recuperar, para reflexionar sobre ello, una cuestin que ha sido recientemente destacada por Eduardo Mguez. El rico mapa bibliogrfico de estudios provinciales sobre el periodo 1852-1880, ha mostrado que ya desde la dcada de 1850 en la mayora de las provincias se fue reconstruyendo una elite poltica que dejaba atrs la etapa ms clsica del caudillismo. El esquema conformado desde 1852 difera entonces bastante del anterior y ello fue as al menos por dos cuestiones planteadas por dicho autor.

Por un lado, porque como hemos comenzado a analizar y ampliaremos en adelante, el sistema constitucional no fue una mera formalidad. Por otra parte, porque los lderes locales y provinciales deban tomar en cuenta una interaccin con el escenario nacional mucho ms significativa que la desarrollada hasta entonces. Podan asumir que el proyecto integrador era una va para potenciar su propio liderazgo y no ya el sometimiento a un centro. Conocan las posibilidades de obtener mayores recursos que los disponibles en sus espacios provinciales y de participar en los nuevos espacios de poder nacional.33

Consideramos que el Congreso nacional fue uno de esos espacios y que, en este marco, es importante volver sobre el perfil del personal poltico federal. La conformacin de una dirigencia nacional que integr en su seno a las elites polticas provinciales fue fundamental para la viabilidad de la Confederacin. Por sus cualidades aglutinadoras entre la primera y segunda mitad del siglo y su acumulacin de pericia en el manejo y la gestin poltica e institucional, pensamos que dicho personal y su accin en las instituciones nacionales constituyen un aspecto de importancia para entender por qu las provincias aceptaron el nuevo sistema poltico. Como ampliaremos enseguida, postulamos que ello representa tambin una clave de la herencia y amalgama de la Confederacin con el proceso abierto en 1862.34

En efecto, se discutieron y circularon distintas ideas y definiciones sobre la forma estatal, se ensayaron frmulas concretas de articulacin, de participacin y de preponderancia entre los poderes estatales y entre las esferas de poder nacional y provincial y se ide una estructura institucional cuya puesta en prctica produjo algunos avances.35 Y todo ello redund en beneficio de un ejercicio poltico experimental, que realz y dio sustancia al carcter de la formacin estatal.

Retomemos entonces el anlisis de los rasgos centrales de la arquitectura legislativa y de su implementacin prctica, que es ilustrativo de lo que sealamos.36Al igual que para otros espacios iberoamericanos, la gran mayora de los gastos de todo el periodo fue para el Ministerio de Guerra y Marina, quien obtuvo siempre ms de 44% del total de lo presupuestado. Ello no llama la atencin por el contexto de lucha contra el Estado de Buenos Aires por lograr la supremaca nacional.37 En contraste con dichas partidas presupuestarias, las leyes sancionadas representaron slo 2% del total.

En segundo lugar se ubic la cartera del Interior, con un promedio total de 25% de lo presupuestado y 31% de lo legislado. Se apunt a distintos asuntos: a regular el funcionamiento institucional del Congreso —con medidas como las que indicamos en el primer apartado—, a garantizar la paz interna y la unidad nacional al resolver conflictos suscitados con el Estado porteo y los existentes en o entre las provincias y sancionar las Constituciones provinciales que uniformaron los marcos jurdicos con la Constitucin nacional (36 leyes); a regular los transportes y comunicaciones (18 leyes) y a ordenar todo lo relativo a la administracin estatal general (23 leyes).

En efecto, para incorporar las provincias a un plano de actuacin y referencia nacional y reforzar la presencia estatal en el territorio, la creacin de organismos administrativos de control form parte de la agenda poltica. Las equiparaciones, reducciones y reacomodamientos que se les realizaron en el Congreso son una nueva muestra del inters por lo nacional, por materializar dicha esfera de la manera ms conveniente aunque ello supusiera restringirlos o suprimirlos. Lo nacional, que haba sido definido jurdicamente y tena por ende su basamento en la Constitucin federal y republicana de 1853, era una cuestin difcil de llevar a la prctica poltica para las elites dirigentes provinciales.

Veamos los casos del Archivo General y de la Inspeccin General de Correos, Postas y Caminos, que fueron creados por ley nacional en septiembre 1856. La funcin de la Inspeccin era proponer desde la ciudad de Rosario —donde fue instalada por contar con uno de los puertos ms importantes de la Confederacin— al Ministerio del Interior todas las medidas que se creyeran convenientes para la mejora de estos tres ramos.38 En 1857, en la Cmara de Diputados se present un proyecto de ley que propuso suprimirla basndose en razones de estricta economa.

La propuesta fue aceptada por el Congreso pero nuevamente el poder ejecutivo nacional hizo uso de su capacidad de veto. Adujo que coincida en las razones de economa invocadas y en suspender el funcionamiento de la oficina. Sin embargo, su propuesta era no derogar la ley de creacin porque ello supondra "declararla intil o perjudicial cuando no lo era". La mocin fue aceptada sin objeciones en el Congreso, por lo que la oficina qued suspendida en sus funciones hasta que el erario permitiese retomarlas.39

Pese a ello, en el mismo ao de 1857 los legisladores hicieron algunas modificaciones al presupuesto en materia de correos para que primara la "equidad y proporcionalidad" entre las provincias, cuestin que sus gobernadores les haban solicitado expresamente. Por ejemplo, se acept equiparar las partidas dadas a algunos trayectos provinciales porque las distancias y el trabajo de sus empleados eran iguales. A pedido de los diputados de San Juan tambin se agreg un correo en la provincia.

Este tipo de decisiones podran ser ledas en funcin de la voluntad del gobierno nacional de mantener una imagen pblica de eficacia y racionalidad ante las provincias. No era lo mismo derogar la ley que haba creado un organismo que regulaba una de las demandas constitucionales —el establecimiento de postas y correos estipulado en el artculo 64—, que postular su suspensin transitoria. A su vez, que los legisladores "federalizaran" el sistema de transportes acorde a las solicitudes de las propias autoridades provinciales da cuenta de su voluntad de mantenerse comunicadas.

Por su parte, la funcin del Archivo fue conservar los documentos pblicos nacionales para que generaciones venideras encontrasen "datos verdicos sobre los que contar la historia de la Confederacin".40 Cada oficina pblica nacional deba enviarle al finalizar el ao todo documento producido en un "inventario prolijo y por duplicado". A casi dos aos de su creacin, tambin se resolvi posponer el Archivo hasta tanto el tesoro nacional estuviera "ms desahogado".

Dicho esto, hay que subrayar la intencin poltica de institucionalizar la comunicacin y memoria nacionales que estuvo por detrs de la creacin de estos organismos, aunque fuesen suprimidos. La problemtica de la nacin estuvo en el centro de los intercambios materiales y simblicos que se pretenda apuntalar. La voluntad nacional quedaba as configurada como norma poltica. La produccin y circulacin de informacin fue considerada como un elemento estructurador del orden sociopoltico.

Como anticipamos, ello no fue slo as para las autoridades de la Confederacin sino tambin para sus sucesoras, quienes buscaron capitalizar el acervo de ideas, informacin y prcticas que all se haba forjado. Tanto la dinmica del funcionamiento poltico e institucional como la actuacin de su personal poltico, fueron entonces consideradas de utilidad para la nueva etapa de conformacin estatal nacional —ahora bajo la hegemona de Buenos Aires— iniciada en 1862. Parte importante del personal poltico de la Confederacin continu ocupando una banca legislativa u otros puestos de la administracin nacional.41 Pensamos entonces que dicho personal fue un nexo importante —y tal vez imprescindible— entre ambos periodos.

En este caso, el nuevo presidente Bartolom Mitre orden que la documentacin que se haba recabado durante la vigencia del Archivo —as como el resto de la existente en Paran— fuese trasladada a Buenos Aires tras la derrota de la Confederacin por las fuerzas porteas en la batalla de "Pavn".42 Una situacin similar se produjo respecto de la labor desarrollada en el mbito estadstico y en el de la justicia federal.

El Departamento de Estadstica, que se haba creado en Paran en 1856, fue unificado con la Oficina de Estadstica Nacional por decreto presidencial en abril de 1864. Se nombr adems como su director a Damin Hudson, quien en la Confederacin haba desarrollado mltiples funciones judiciales y administrativas (entre otras, en la propia Aduana de Entre Ros).43

El fin principal del organismo haba sido efectuar el censo nacional, que era otro de los requerimientos constitucionales. El gobierno envi una circular sealando los procedimientos para realizarlo a principios de 1857. Los gobernadores deban nombrar comisiones de tres a cinco personas compuestas por ciudadanos idneos mientras que todos los gastos seran costeados por el tesoro nacional. Precavido de las dificultades presentadas hasta entonces en otras reas, el Departamento dio un detallado instructivo que revel la falta de confianza del gobierno en la respuesta positiva de la poblacin al censo.

Se alert sobre el cuidado que se deba tener en preguntar y en aclarar sus buenas intenciones, que no eran recaudar dinero ni reclutar para el ejrcito sino slo cumplir en toda su magnitud "con su alta misin administrativa" cuyo punto de partida era el censo. Adems, se busc que la sociedad se sintiera integrada en la tarea, sealando que este les permitira elegir a los representantes que canalizaran sus demandas en el Congreso nacional.44

Las dificultades que se tuvieron muestran los lmites de dicha cooperacin. La mayora de la poblacin se opuso a responder a los cuestionarios mientras que los gobernadores manifestaron no contar con agentes suficientes para que actuasen en las comisiones. Ello no slo produjo demoras en su realizacin sino que, adems, provincias como San Juan, Jujuy, Salta y Catamarca directamente no lo efectuaron.

Finalmente en 1858 se resolvi suprimir las mesas de estadstica provinciales por la "esterilidad de los datos" enviados por las provincias a la mesa central de Paran. Sin embargo, se decidi mantener a esta ltima y fortalecer su actividad, la que, como anticipamos, sirvi de base a la organizacin futura. Y es importante considerar adems que la experiencia del censo de 1857 sirvi para desarrollar el primer censo nacional en 186945 Mitre se sirvi tambin de la experiencia de la Confederacin en materia de justicia federal. Tom la ley orgnica de 1858 —que enseguida analizaremos— como base de la sancionada en 1862 y tambin design a parte de su personal poltico en puestos judiciales clave.46

El diseo y la dinmica de la justicia federal haban sido adems funcionales para la propia conformacin del orden poltico de la Confederacin. Anticipamos en nuestra Introduccin que los estudios especficos sobre el tema soslayaron dicha situacin. En este marco, no centraron su atencin en que la legislacin sancionada en materia judicial fue parte de la puja de poder entre las provincias que se dio al interior del Congreso nacional. Tampoco analizaron la retroalimentacin y contribucin de dichas provincias al sistema judicial ni el accionar concreto que tuvo la Cmara Superior de Justicia —que supli a la Suprema Corte de Justicia— y sus vnculos con los otros dos poderes estatales nacionales47

En la disposicin de los gastos nacionales el Ministerio de Justicia, Culto e Instruccin Pblica altern el tercer y cuarto lugares con el de Hacienda, recibiendo cada uno un promedio de alrededor de 15% del total. Por el contrario al Ministerio de Hacienda le correspondi 44% de lo legislado. Sobre el punto no es necesario aclarar que poder estabilizar la precaria situacin econmica era imperioso para la viabilidad federal. Los recursos econmicos eran indispensables para asentar los mecanismos de dominacin y de administracin nacional que se pusieron en marcha.48

Por su parte, 37 leyes —que representaron 13% de lo legislado— apuntaron a las tres reas del Ministerio de Justicia, Culto e Instruccin Pblica. Instaurar la justicia federal era crucial para la implantacin prctica de la Constitucin nacional que, como sealamos, haba instituido un equilibrio entre los poderes estatales. Los principales pasos tendentes a tal fin fueron la sancin de la ley sobre "abogados nacionales" en 1855 —que segn la Constitucin nacional eran quienes deban integrar la justicia federal— y la ley orgnica de 1858.

Por entonces, los legisladores reflexionaron sobre un conjunto de temas articulados. Los mismos pueden researse en la necesidad de lograr consenso para conformar a la justicia como el tercer poder estatal y de limitar sus funciones, en su poder moderador frente a la poblacin, en su papel para la unificacin poltica y en la importancia de su funcin de control de los otros poderes estatales.

En el caso de la ley sobre "abogados nacionales", las tensiones polticas entre las propias provincias se hicieron muy visibles. La misma estipul que no era necesario contar un grado universitario para ejercer dichos cargos. Muchos cordobeses vieron resentida su condicin de abogados diplomados y, a la vez, se mostraron preocupados porque la Universidad de Crdoba —que haba sido nacionalizada en mayo de 1854— perdiese legitimidad. Por ello intentaron que la ley no fuera sancionada.

Los legisladores que por el contrario votaron a su favor —y lograron que su postura prevaleciera— consideraron como una "embestida" la postura de los representantes de Crdoba contra las provincias del interior. Estas ltimas no contaban con su misma tradicin administrativa ni con recursos para afrontar la formacin universitaria de su personal, pero tenan sus mismos derechos y atribuciones.49

Y dicha postura transparenta que el Congreso fue pensado como una institucin federal que no deba reconocer particularismos ni favoritismos provinciales. Adems, en dichos debates los legisladores actuaron como un elenco no diletante. Y ello no fue as slo con motivo de este tema, sino tambin en lo que respecta a los dems conjuntos normativos. Sealamos, por ejemplo, en el apartado anterior, que tomaron la usanza de otros pases para oponerse al veto que el poder ejecutivo intent hacerle a la ley sobre los permisos para ocupar cargos a su servicio de 1857.

En efecto, los legisladores argumentaron y discutieron con base en la conformacin institucional y poltica de la primera mitad de siglo pero tambin en la legislacin provincial y en las doctrinas nacionales e internacionales contemporneas y en las prcticas parlamentarias de otros pases como Chile, Uruguay, Brasil, Francia, Estados Unidos e Inglaterra.50 La construccin del Estado nacional llev entonces a que el personal poltico se reconociera y actuara en la modernizacin estatal. Y que en dicho acontecer acumulara profesionalismo en el campo de la poltica y de la gestin de las instituciones estatales.

Por otra parte, pese a que la ley orgnica no pudo implementarse, la justicia federal fue parte del reparto de cargos implementado para seleccionar e integrar a las elites provinciales al Estado nacional. Y, por ende, oper en la prctica como un elemento efectivo de conformacin de solidaridades polticas.51

Por citar un ejemplo. De los 22 abogados residentes que la provincia de Crdoba inform tener en 1854, casi un tercio pas luego a desempear cargos en la administracin nacional. El estudio de Pavoni ha mostrado que el poder judicial estuvo muy condicionado en la provincia por los enfrentamientos entre los otros dos poderes y por la injerencia de los gobernadores.52

En el marco de las designaciones polticas para los cargos judiciales que se sucedieron en el periodo, se origin un reclamo a la justicia federal de un camarista provincial removido de su cargo a finales de 1854. Si bien el conflicto remita al contexto poltico cordobs, el camarista consider que era la Corte Suprema de Justicia quien deba resolver el asunto.

Finalmente, el Congreso y el ejecutivo nacional afirmaron por medio de una ley no tener las competencias suficientes como para resolver el asunto porque los tribunales federales an no estaban en funcionamiento. Pidieron previamente explicaciones al gobernador cordobs, quien inform que la remocin haba sido legal porque el carcter de su cargo era interino y que la legislatura estaba de acuerdo.53

Aunque el caso no tuvo resolucin en el periodo, lo interesante es que el camarista cordobs haba librado la resolucin del asunto a la Corte Suprema de Justicia. Y ello revela una demanda temprana de la intervencin activa de la justicia federal para dirimir un conflicto provincial. La justicia federal comenz as a ser reconocida por las provincias como un rbitro de poder externo. Gestos como el del camarista cordobs que acabamos de citar, tuvieron lugar en diversas ocasiones.

Al elevar casos conflictivos para su resolucin, se dieron argumentos contundentes en este sentido. Como ilustracin vale la pena citar, entre los disponibles, uno que es de suma importancia para visualizar la manera en que la pertenencia a una entidad poltica-judicial mayor iba calando en los sistemas polticos provinciales. Las provincias apelaron en este caso a la justicia federal ante posibles problemas que pudieran surgir con sus funcionarios judiciales y no para dirimir un conflicto puntual.

En mayo de 1856, Jujuy, Salta y Tucumn celebraron un tratado con la voluntad de "unirse en un solo crculo o distrito judicial" y de incorporar en este a Santiago del Estero y Catamarca. Esta ltima provincia acept conformarlo porque al igual que las dems, entenda que era til y conveniente para sus propios intereses (sobre todo econmicos).

La propuesta era crear, sobre la base de las atribuciones del artculo 104 de la Constitucin nacional —que permita a las provincias celebrar tratados parciales para fines de administracin de justicia y otras materias— un Tribunal Superior Comn de Justicia, que resolviese, en ltima instancia, todas las causas civiles y criminales de sus jurisdicciones. Y que sometiera —por va de prrroga de jurisdiccin—, las causas de responsabilidad contra los miembros del Tribunal a la Corte Suprema de Justicia.

Pese a que el tribunal funcion por poco tiempo, acciones de este tipo realzaban y daban sustancia al carcter federal de la formacin estatal. Es interesante ver que las provincias proyectaron que la asociacin entre ellas en primer lugar y luego con una institucin nacional, era positiva para sus propios intereses.54

Y ello no llama la atencin si se tiene en cuenta el precario estado de sus administraciones. Aludimos ya a la preocupacin por recibir subsidios por parte del gobierno nacional y a la carencia de abogados. A ello se sumaba la falta de independencia de los funcionarios judiciales y las limitaciones en el ejercicio efectivo de la justicia, que apuntamos para el caso de Crdoba, pero que tambin fue sealada una y otra vez en los distintos espacios provinciales.55

Asimismo, debe ser destacado que la clave regional que se plante en la conformacin del tribunal de las provincias del norte no era propia de la dcada. Se proyect una prctica anterior de institucionalizacin de vnculos y referencias regionales, que se haba materializado entre estas provincias en alineaciones como el "Protectorado de Heredia" en los treinta y la "Coalicin del Norte" de 1840.56

En este sentido, la conformacin del tribunal se vio facilitada porque tanto los gobernadores de las provincias signatarias como sus representantes no eran personas ajenas a la vida poltica nacional ni provincial. Y aqu vislumbramos un caso concreto de la reorientacin por parte del personal poltico de su experiencia e informacin forjadas durante la primera mitad del siglo al servicio de la Confederacin.57

Lo novedoso del caso analizado pareca residir entonces en la solicitud de que la Corte Suprema de Justicia entendiese en las causas de responsabilidad contra los miembros del tribunal y, por ende, en la funcin integradora y reguladora dada a la justicia federal. Con respecto a esto ltimo, el anlisis del debate que tuvo lugar en el Congreso con motivo del permiso que se le solicit para conformar el tribunal, ilustra tambin sobre la relacin efectiva entre los poderes estatales.

All, los legisladores manifestaron no tener la competencia suficiente para expedirse sobre el accionar del poder judicial.58 Luego de una votacin ajustada —en principio empatada y luego definida por dos votos—, el Congreso decidi aprobar la conformacin del tribunal, pero neg la atribucin conferida a la Corte Suprema de Justicia de entender sobre la responsabilidad de sus miembros.

Creyeron que dar dicha atribucin resentira a las soberanas provinciales al no estar contemplada la situacin por la Constitucin nacional. Y que sera adems injusto, dada la objecin que se les haba hecho a algunas provincias de que los miembros de sus respectivas Cmaras de Justicia fueran juzgados por la Corte Suprema. Deban como dirigentes estatales mostrarse "escrupulosos" en todos los casos y no tener favoritismos.

La relacin esbozada en este ejemplo, en particular entre los poderes estatales y entre las esferas nacional y provincial, tuvo en otros casos que hemos podido reconstruir distintos pormenores y vicisitudes. Las ambigedades provocadas por el complejo funcionamiento de la justicia federal, con una Cmara Superior de Justicia que supla a la Corte Suprema pero que no tena sus mismas atribuciones constitucionales,59 una ley orgnica sin implementacin, el peso de las prcticas polticas pasadas que dificultaron la racionalidad administrativa60 y con escasos recursos econmicos que impedan corporizarla, dejaban al ejecutivo nacional la posibilidad de intervenir en los asuntos contenciosos que enfrentaban a las provincias. Y claro, tambin, de valerse de dicha situacin para obtener rditos polticos.

A diferencia del caso del camarista cordobs donde el ejecutivo (y el Congreso) directamente aludi a la falta de instalacin de poder judicial federal, en otras situaciones intervino activamente y legitim su accionar en las recomendaciones de la Cmara Superior de Justicia, que actu en solidaridad con sus demandas.61

Pero el juego poltico que surgi en la resolucin por parte de dicha Cmara de los pocos casos de los que disponemos datos, no revel slo relaciones de connivencia sino tambin de tensin entre los poderes estatales. En efecto, los miembros de la justicia federal no estuvieron siempre bajo estricta rbita del poder ejecutivo nacional sino que, incluso, se mostraron recelosos cuando se sintieron privados en sus atribuciones.62

Para finalizar resulta interesante recuperar el mbito de las relaciones exteriores. Como anticipamos, las autoridades pensaron que una de las maneras de fortalecer el poder estatal se lograra por el reconocimiento de su soberana. El Ministerio de Relaciones, sin embargo, fue el que menos dinero recibi en todo el periodo, con porcentajes que no superaron 4% del presupuesto. En complemento con ello, 10% del total de las leyes sancionadas se orient a reglar los vnculos con las potencias extranjeras, especialmente a ratificar tratados de comercio, amistad y libre navegacin.

El poco dinero presupuestado fue acorde al diseo dual que se estableci. Se instalaron pocas legaciones permanentes en el exterior —la de Alberdi en Europa, una en Chile y otra en Montevideo— a las que se sum en cambio una densa red de consulados. Se instalaron as en la Confederacin cnsules y agentes comerciales de varios pases europeos y americanos, cuyo accionar estuvo coordinado por oficinas administrativas del ministerio.

Estas medidas no fueron suficientes para lograr los fines propuestos. A pesar del reconocimiento que logr Juan Bautista Alberdi de la Confederacin como Estado independiente por parte de las principales potencias europeas, no se obtuvo un apoyo internacional eficiente. Adems, los agentes extranjeros acostumbrados a otro estilo de vida prefirieron residir en Buenos Aires que en Paran.63 En su correspondencia privada Alberdi narr las peripecias de su actividad. Sus cartas remiten a reclamos de diversa ndole: falta de informacin sobre la situacin nacional, de instrucciones para su labor y de personal de apoyo para realizarla. Todo lo cual vea de peor manera en un plano comparativo con el protocolo de las cortes europeas.64

Terminar este trabajo con la descripcin de Alberdi no resulta circunstancial. Como advertimos, la experiencia social, poltica y cultural lo haba llevado hacia 1852 a una reformulacin entre la teora y la prctica republicana y federal. Afirm que la repblica reconoca muchos grados y se prestaba a las exigencias de la edad y del espacio. Por esta concepcin haba esbozado una compleja articulacin entre los poderes estatales y propuesto una serie de elementos que permitiran culminar el trnsito hacia una "repblica verdadera".65

En definitiva, consideramos que durante el periodo se fue materializando la "repblica posible" que Alberdi haba definido. En la Confederacin se establecieron relaciones e instituciones que fueron integrando a las provincias en un sistema de poder nacional.

 

Conclusiones

La descripcin que hemos realizado en este trabajo es en gran medida ilustrativa de la conviccin de las autoridades nacionales de que la modernizacin poltica, social y econmica era imposible sin un entramado jurdico e institucional que la sustentase. Tuvieron como objetivo conformar un nuevo Estado y para ello gestionaron un proceso de transformacin que encontr serias dificultades polticas, econmicas y sociales al momento de su implementacin.

Se debi lidiar con las necesidades y urgencias que le planteaba su ajuste a la realidad de la Confederacin. Los principales obstculos fueron la falta de recursos econmicos y humanos y de hbitos y prcticas, dada la reciente conformacin estatal. Este andamiaje fue entonces mucho menos exitoso de lo que algunos autores —centrados ms en describirlo que en atender a su ejecucin— sealaron.66

De hecho, a diferencia de los estudios especficos sobre el periodo, en este trabajo centramos nuestra atencin en la convergencia de las dinmicas provincial y nacional para explicar esta trama poltica e institucional. Revelamos que las provincias y sus representantes fueron protagonistas activos del proceso. Dicha situacin se hizo claramente visible a partir del diseo y funcionamiento que tuvieron el Congreso nacional, y subsidiariamente, la justicia federal y algunos de los principales organismos estatales.

Las provincias hallaron en el Congreso un marco institucionalizado en el cual pudieron construir y ejercer su poder; impulsaron all sus dificultades, ideas e intereses propios. Advertimos que los legisladores ajustaron sus deberes y atribuciones a los de los otros dos poderes estatales. Las situaciones descritas dejaron al descubierto que la divisin de poderes surgi como producto de una decisin poltica. No siempre hubo relaciones de connivencia sino tambin de tensin entre estos. Y dicho ajuste de atribuciones fue modelando una dirigencia nacional.

Mostramos que los ideales e injerencia del poder ejecutivo nacional se conjugaron con el pragmatismo poltico y los intereses de las elites polticas provinciales y de los legisladores. En este marco, revelamos los problemas concretos que se tuvieron en la aceptacin por parte de las provincias del funcionamiento de los rganos administrativos estatales. Sealamos adems que ello afect el propio funcionamiento institucional del Congreso, por la falta de personal administrativo que agilizara su labor y por las dificultades en conformar el qurum legal para sesionar. Y, tambin, referimos a los problemas existentes en la instauracin de la justicia federal.

Sin embargo, ello no supuso que la Confederacin estuviera reducida a un estado de falencia institucional como se ha postulado,67sino que las provincias tuvieron registro de que haba instituciones estatales que las contenan; la Constitucin nacional y el Congreso y la justicia federal les interesaron. Fueron mbitos de cristalizacin de conflictos y de juegos, alianzas polticas provinciales y nacionales.

La Confederacin fue la primera parte de un proceso de formacin estatal que encontr un acto final hacia 1880, cuando con la federalizacin de la ciudad de Buenos Aires fue disminuyendo la preeminencia que haba tenido la provincia de Buenos Aires desde 1820 en el concierto nacional.68 En efecto, aunque los organismos e instituciones estatales no pudieron ganar en la solidez que las autoridades esperaban lograr, resulta notable que las cuestiones expuestas en este artculo remiten a un sugestivo grado de cohesin y de referencialidad al espacio nacional.

Fue grande el esfuerzo por construir una estructura estatal centralizada y modernizante, aunque no se tuvieron los recursos ni el tiempo suficientes para terminar de institucionalizar los rganos del Estado requeridos para desarticular ms de 30 aos de funcionamiento provincial autnomo. Tampoco fue exitoso el intento de construir un Estado con direccin poltica en Entre Ros. Pero las provincias comenzaron a entenderse y a asumirse en una forma federal y republicana y las autoridades a construirse en una dirigencia poltica con proyeccin nacional.

Lo principal fue que, en este devenir, el juego institucional fue reconocido y se fue imponiendo como una forma de articulacin poltica. Por ello pensamos que la nacin se fue emplazando como la base de la accin y la legitimidad poltica y los dirigentes se fueron identificando con la estructura estatal nacional que ellos mismos construan.69 Y consideramos, en definitiva, que todo ello revela la importancia y funcionalidad que tuvo el periodo de la Confederacin en el camino de la profesionalizacin poltica y de la materializacin de una soberana nacional.

 

Fuentes Consultadas

Archivos

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Notas

1 El registro social de la poltica fue ampliado con abordajes que contemplaron, entre otras cuestiones, el anlisis de sectores intermedios y subalternos, los campos "informales" de la poltica y los mbitos de sociabilidad y que se abocaron a la revisin tanto de las trayectorias doctrinarias y las representaciones como de las prcticas y las redes de relaciones polticas y personales de los actores. Entre otros, Palacios (coord.),Ensayos, 2007, y Carmagnani (coord.), Federalismos, 1993.

2 Entre otros trabajos del autor, ChiaramonteNacin, 2004.

Especialmente desde su segundo gobierno en Buenos Aires entre los aos 1835 y 1852, Juan Manuel de Rosas, utilizando sus atribuciones de gobernador y las de delegado de las relaciones exteriores de las restantes provincias, haba logrado inhibir la creacin de un sistema poltico que se situase por encima de las soberanas provinciales. Pese a ello, la sancin del "Pacto Federal" en 1831 dio base jurdica a una Confederacin que enlaz a las provincias en un orden poltico perdurable hasta 1852. El poder de Rosas encontr resistencias que finalmente precipitaron su derrota. En efecto, la acentuacin del control poltico y su poltica econmica y fiscal (que entre otras medidas suprimi la libre navegacin de los ros y, por ende, obstaculiz las operaciones directas con el exterior) provoc el descontento de diversos sectores. En 1851 Urquiza proclam un "Pronunciamiento" por el que Entre Ros retir su delegacin de las relaciones exteriores en Rosas y deline un programa a seguir: sostener principios programticos y crear y fomentar instituciones tutelares. En el mismo ao se form el "Ejrcito Grande" que finalmente derrot a Rosas en la batalla de "Caseros" en febrero de 1852. El periodo 1852-1862 es conocido entonces como la "Confederacin" pese a haberse conformado un Estado federal, en adelante utilizamos el trmino sin comillas. A finales de 1861 la Confederacin fue derrotada por las fuerzas porteas en la batalla de "Pavn" y, meses despus, Bartolom Mitre asumi la presidencia, dando inicio a una nueva etapa de conformacin estatal bajo la hegemona de Buenos Aires.

4 Gonzlez, Civilidad, 2000; LettieriConstruccin, 2006, y GaravagliaConstruir, 2007.

5 Entre los primeros: ScobieLucha, 1964; GorosteguiOrganizacin, 1972; Pez, Derrumbe, 1984; Angueira,Proyecto, 1989, y OszlakFormacin, 1997. Entre los segundos: Ruiz, Centenario, 1952; Macchi, Primera, 1979, y Bosch, Urquiza, 1980.

6 El enfoque que asumimos es tributario de las nuevas miradas sobre el periodo 1852-1880 desarrolladas en los ltimos aos. Desde una variedad de especificidades locales/provinciales interesantes estudios atienden a la forma en que el proceso de construccin estatal nacional afect el desarrollo de las provincias y recprocamente, a la medida en que los intereses de las elites provinciales fueron contemplados en las estrategias de las autoridades nacionales. Por la amplia produccin, nos permitimos citar slo la obra de reciente aparicin Bragoni y Mguez (coords.), Nuevo, 2010 y un balance crtico en Mguez, "Gestacin", 2012. Asimismo debe ser advertido que algunos trabajos recientes han sealado los avances en la conformacin estatal nacional del periodo: BuchbinderCaudillos, 2004; Garavaglia, "Rentas", 2010, y Mega, "Confederacin", 2010.

7 Esre artculo constituye una sntesis de algunos problemas tratados en los captulos 2 y 4 de mi tesis doctoral, Lanreri, "Ideal", 2011, dirigida por los doctores Valentina Ayrolo y Eduardo Jos Mguez. Agradezco los valiosos comentarios realizados por los evaluadores annimos de la revista.

8 Los autores referidos son Bosch, "Poder", 1964; ZavalaHistoria, 1920, y GorosreguiOrganizacin, 1972.

9 Al hacerlo dict un manifiesto a "los pueblos de la Confederacin" donde los diputados dieron cuenta de la obra realizada y manifestaron su fe en un futuro bajo la "obediencia absoluta a la constitucin". Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. I, segunda parte, pp. 1147-1150.

10 Alberdi, Bases, 1991- Para un anlisis de su pensamiento vase especialmente Canal, Constitucin, 1986; Roldn, "Cuestin", 2010, y Goldman (ed.), Lenguaje, 2008.

11 Los condicionamientos econmicos y de edad, las fuentes de legitimidad y la duracin de los cargos difirieron entre senadores y diputados. El Senado representaba a las elites provinciales mientras que la soberana popular quedaba expresada en la Cmara de Diputados. Los senadores eran elegidos por las legislaturas provinciales a pluralidad de sufragios, deban tener 30 aos de edad, haber sido seis aos ciudadanos de la Confederacin y poseer una renta anual de 2 000 pesos y permanecan nueve aos en sus puestos. Los diputados eran elegidos por eleccin directa, deban tener 25 aos de edad y cuatro aos de ciudadana en ejercicio, duraban cuatro aos en sus cargos y se renovaban cada dos aos por mitad.

12 Entre algunas de las obras de referencia ineludible sobre el tema se encuentran SabatoCiudadana, 1997, y AnninoHistoria, 1995.

13 El gobierno nacional estuvo especialmente preocupado por dejar una buena impresin en las provincias de lo realizado en el Congreso. El vicepresidente inst a los senadores a que estuvieran bien informados de todos los asuntos y que los despachasen con rapidez antes del cierre de las sesiones "para que los pueblos viesen que a pesar del poco tiempo que haban funcionado las Cmaras lo haban sabido aprovechar". Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. II, p. 97.

14 Datos en Miguel Daz de la Pea a Juan Mara Gutirrez, Tucumn, 19 de agosto de 1854, y Juan del Campillo a Juan Mara Gutirrez, Crdoba, 1 de agosto de 1854, ambas en Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo,1981, t. IV, p. 67 y t. III, p. 54, respectivamente.

15 Para ser legislador nacional no haba requerimientos de nacimiento ni residencia en las provincias a representar. Hemos tratado el problema de la representacin poltica en Lanteri, "Unos", 2011.

16 Dicho qurum fue bastante reducido durante el periodo. Como muestra valga citar que en 1857 el Senado sesion con un promedio de casi siete senadores menos de la composicin reglada por la Constitucin nacional mientras que, en 1861, lo hizo con poco ms de diez menos. Y la Cmara de Diputados con cifras ms parejas: en 1857 con un promedio de 11.13 diputados y en 1861 de 12.12 menos que lo estipulado.

17 Algunos testimonios de personas que quisieron ser legisladores durante el periodo en de Wenceslao Daz Colodrero a Juan Gregorio Pujol, Paran, 19 de agosto de 1859; de Juan de Dios Usandivaras a Juan Mara Gutirrez, Salta 8 de mayo de 1855 y de Salvador Mara del Carril a Manuel Taboada, Paran, 20 de noviembre de 1857; Taboada, Taboada, 1937, t. in, pp. 274-275; Pujol, Corrientes, 1911, t. ix, y Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo, 1981, t. IV. Algunos ejemplos del personal poltico cuyas trayectorias estudiadas en mi tesis doctoral revelan la ampliacin del rango de influencia de sus familias y, en este marco, la participacin de algn miembro de estas o de ellos mismos en el Congreso: Toms Guido, Facundo Zuvira, Juan del Campillo, Benjamn Victorica, Ramn Gil Navarro, Jos Roque Funes y Domingo Navarro. Los Snchez de Bustamante (analizados por Paz, "Gobierno", 2003) y los Gonzlez (analizados por BragoniHijos, 1999) son otros casos ilustrativos. Botana seal tempranamente —en especial respecto del periodo abierto en 1880- que la participacin en el Congreso daba la posibilidad de favorecer el ingreso de parientes y aliados polticos en la administracin nacional en expansin. Botana, Orden, 1977.

18 Los reglamentos y la discusin sobre la "leguada" en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. II, pp. 246-291, y t. IV, pp. 298-299. respectivamente.

19 En adelante el documento del veto y las discusiones en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. III, pp. 654-661.

20 Conviene referir aqu a los procedimientos pautados. Al igual que en Estados Unidos, el trabajo del Congreso se organiz en comisiones. Ellas eran en la Cmara de Diputados las de Negocios Constitucionales y Legislacin, Cuito e Instruccin Pblica, Peticiones y Negocios Extranjeros, Guerra y Marina y Hacienda. Y, en el Senado, las de Guerra y Marina, Hacienda, Interior y Peticiones y Negocios Constitucionales. Aprobado un proyecto de ley por la Cmara de su origen, pasaba a la discusin de la otra Cmara —que haca las veces de revisora— y, una vez aprobada por ambas, pasaba a examen del poder ejecutivo nacional. Si este lo aprobaba la promulgaba como ley. Caso contrario —es decir si era vetada por el ejecutivo— pasaba a nuevo examen de ambas Cmaras y si nuevamente era aprobado por dos tercios en cada una de estas, la ley se promulgaba igual. Pero, si ante el veto presidencial, el proyecto volva a la Cmara de origen y lo rechazaba o lo aprobaba pero no ocurra lo mismo con la Cmara revisora, la ley no poda ser vuelta a tratar durante todo el periodo legislativo. La comisin redactora de la Constitucin nacional afirm al respecto en su informe de 1853 que "su mente haba sido establecer una especie de equilibrio entre ambos poderes en lo tocante a la ejecucin y sancin de las leyes". El artculo conceda al ejecutivo un veto pero limitado, puesto que un proyecto de ley que l rechaza, aun poda ser sancionado y ejecutado sin su asentimiento. Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. I, segunda parte, p. 943.

21 En adelante, las discusiones consltense en ibid.,t. II, pp. 1150-1191.

22 Segn los reglamentos internos, el personal de cada Cmara deba, entre otras actividades, mantener el aseo y el orden del recinto, reproducir las discusiones, cuidar el archivo, recibir los pedidos y notas de legisladores y del ejecutivo nacional y mantener el orden pblico en la sala en el momento de las sesiones. En especial, no se pudo contar con taqugrafos que desarrollaran su actividad —que era transcribir las discusiones y enviarlas para su impresin— con regularidad hasta los ltimos periodos legislativos. Ibid., t. II, pp. 157-160, 246-291 y 301.

23 Hemos desarrollado este punto en Lanteri, "Conformacin", 2010, y "Provincias", 2011.

24 La Constitucin nacional haba establecido que el poder ejecutivo nacional estaba encargado de confeccionar los presupuestos nacionales y sujetarlos a aprobacin del Congreso. Junto con ellos, los ministros de cada ramo deban adjuntar una memoria de su accionar del periodo legislativo anterior. El nexo entre poltica y economa en torno a la elaboracin de los presupuestos ha sido analizado por Carmagnani para el caso mexicano. Los valores materiales del gasto pblico podan transformarse en valores inmateriales perseguidos al nivel de derecho, potencia, representacin exterior, justicia, cultura y prosperidad econmica de sus ciudadanos. CarmagnaniEstado, 1994, especialmente pp. 56-66.

25 De Juan del Campillo a Juan Mara Gutirrez, Paran, 23 de abril de 1857, en Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo, 1981, t. IV, p. 282.

26 All, los ministros se negaron a rendirles cuentas a los legisladores, cuando fueron cuestionados sobre situaciones que crean estrictamente relativas a sus atribuciones constitucionales (tales como subdividir el trabajo presupuestario en reas para agilizarlo). Y luego de un intercambio de palabras se reararon con lo que el Congreso dio por finalizada la interpelacin. Interpelacin en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. III, pp. 80-108.

27 Por citar otros ejemplos. Los legisladores buscaron mejorar la situacin edilicia del Congreso y su propia formacin erudita y labor legislativa. Decidieron sancionar una ley en 1859 que incorpor una partida para la compra de libros para formar una biblioteca del Congreso, pero el poder ejecutivo nacional decidi realizar un nuevo veto. Adujo que la inversin de la suma era su atribucin exclusiva y que era ms urgente atender otros ramos administrativos. El Congreso opt por rechazarlo, por lo que la biblioteca se inaugur unos meses despus. Por otra parte, en ocasin de un pedido de crdito suplementario en 1859 para cubrir los gastos de las legaciones enviadas a Roma, Brasil y Paraguay, los legisladores se quejaron de no haber sido comunicados sobre ello. Y cuando recin aprobaron el crdito el ministro del ramo fue a darle las debidas explicaciones al Congreso. Ibid., t. III, pp. 672-679.

28 En efecto, las sucesivas medidas tendentes a revertir la precaria siruacin econmica fueron inviables. La bancarrota de los ingresos genuinos, la falta de crdito pblico de la Confederacin y los emprstitos tomados con enormes intereses, evidenciaron la incapacidad para sostener la administracin de gobierno. Una sntesis sobre los avatares del sistema econmico en SchmitHistoria, 2008, pp. 152-160. Sobre los subsidios vase Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. rv, especialmente p. 496.

29 Una sntesis de las trayectorias pblicas y privadas individuales y familiares, de las redes de relaciones y de las cualidades y atributos de poder de dicho personal en Lanteri, "Confederacin", 2013. La reconstruccin fue realizada con base en diccionarios histricos, listados militares, registros oficiales y bibliografa que por cuestiones de espacio no son citados. Valga como muestra que sobre los 149 legisladores que actuaron entre 1854 y 1861, antes de 1852, al menos 105 haba desarrollado actividades al servicio de diversos gobiernos provinciales y, entre ellos, 50 formaron parte de Legislaturas, cinco fueron gobernadores entre 1840 y 1852 y/o quince fueron diputados al Congreso General Constituyente (1852-1854). Entre 1854 y 1861, ms de la mitad de los congresistas actu en los gobiernos provinciales —entre ellos al menos 27 fueron ministros de gobierno y/o 21 fueron gobernadores- mientras que 20 cumplieron funciones ministeriales nacionales, al menos un nmero igual form parte del ejrcito nacional, diez fueron miembros de la Suprema Corte de Justicia y/o 42 cumplieron diversas misiones o empleos al servicio del ejecutivo nacional pata los que debieron obtener permiso desde 1857. Finalmente cabe set destacado que ms de 40% fueron comerciantes y/o hacendados.

30 Cierto es que pese a que hemos triangulado una amplia gama de legajos ditos e inditos de diversa ndole —y que existe un importante reservorio para el estudio del periodo—, el incendio de parte del archivo de la Confederacin y la disgregacin de material en las distintas provincias, nos impide respaldar algunos de nuestros argumentos con una mayor prueba documental. Existen fuentes incompletas o nicas para abordar algunos problemas, tal es el caso de la justicia federal que analizaremos luego, donde no contamos por ejemplo con un registro completo de la actividad de la Cmara Superior de Justicia que, como veremos, supli en el periodo a la Corte Suprema de Justicia. Por otra parte, pese a la abundanre e interesante produccin hisroriogrfica sobre las provincias a la que referimos, algunas de ellas aguardan an un estudio pormenorizado que nos facilitara un examen ms fluido de los problemas que nos ocupan.

31 Merino, Gobierno, 1998; Escalante, Ciudadanos, 1992, y Carvalho, Construido, 2007.

32 Responder al complejo y sugerente interrogante —planteado por uno de los evaluadores annimos del artculo— de por qu las provincias aceptaron un espacio nacional cuya utilidad y eficacia al menos inicialmente no era clara, desde ya excede las posibilidades de este trabajo. Agradecemos dicha advertencia y las interesantes problemticas clave que nos fueron sugeridas. Planteamos respecto de ello slo algunas reflexiones.

33 Estas ideas en Mguez, "Gestacin", 2012, pp. 4-5.

34 Sobre este punto me permito citar nuevamente Lanteri, "Confederacin", 2013.

35 Como me ha sealado en el referato uno de los evaluadores, resta realizarse en este mateo una explicacin ms cabal sobre la respuesta a dicho proceso modernizador, ya que el mismo inclua algunos aspectos desfavorables para la propia poblacin que dichas autoridades representaban. Por ejemplo, la recepcin de inmigrantes extranjeros que competiran con la mano de obra local y seran beneficiados con el reparto de tierra y la exencin del servicio de armas que pesaba sobre dicha poblacin local. Al respecto vase Djen-deredjianGringos, 2008.

36 En adelante anlisis propio con base en datos y discusiones extradas de Cmara de Diputados de la Nacin,Poder, 1937, t. III, pp. 425-544, y t. IV, pp. 271-725. Antes de continuar sealamos dos cuestiones. Por una parte, que nos referimos solamente a las leyes que fueron sancionadas. No contemplamos entonces los 133 proyectos de ley que no fueron aprobados. Por otro lado, debe ser aclarado que si tomamos como criterio las leyes sancionadas ao tras ao y no su organizacin en funcin de los ministerios nacionales es plausible establecer una subperiodizacin. Sin perder el horizonte del conflicto con el Estado porteo, hasta 1859 el Congreso estuvo orientado en buena medida a conformar una matriz institucional para el nuevo Estado. Por su parte, entre 1859 y 1861 se produjo un deslizamiento desde las leyes que apuntaban en su mayora hacia "dentro" de la Confederacin a la preponderancia de las asociadas a la lucha con el Estado porteo. La asuncin de Santiago Derqui como presidente sucesor de Urquiza y los complejos vnculos entre ambos y con el por entonces gobernador de Buenos Aires Bartolom Mitte -y luego presidente entre 1862 y 1868- tieron el accionar legislativo. De las 89 leyes sancionadas en esos tres aos, quince se refirieron especficamente a dicho conflicto y otras tantas apuntaron al fottalecimiento econmico.

37 En dicho Estado, tambin fue el Departamento de Guerra el que ocup el primer lugar en gastos y en personal en todo el periodo. GaravagliaConstruir, 2007, y "Rentas", 2010.

38 Registro Oficial, 1879, t. III, pp. 415, 444 y 500.

39 Discusin sobre el veto presidencial en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. III, pp. 651-654.

40 Registro Oficial, 1879, t. IV, pp. 107 y 511.

41 Segn el rastreo propio que realizamos, durante la presidencia de Bartolom Mitre alrededor de 20% y en total entre 1862 y 1880 casi 32% de los legisladores del Congreso de la Confederacin formaron parte del nuevo Congreso nacional. Datos en Cmara de Diputados de la Nacin, Parlamento, 1948, pp. 296-411 y 418-447.

42 Biblioteca de la Nacin, Pacificacin, 1911, t. X, entre otras, las pp. 90, 99 y 112. Tambin foment el traslado a Buenos Aires de Carlos Saravia, secretario del Senado del Congreso de la Confederacin desde 1854, a quien se consider el "archivo vivo y ambulante" de dicho recinto. En efecto, continu oficiando como secretario del nuevo Congreso —del que ahora participaba Buenos Aires- hasta su muerte en 1883. Semblanza en Mansilla, Retratos, 2005, pp. 106-107.

43 Maeder, "Historia", 1968.

44 Registro Oficial, 1879, t. III, p. 437.

45 Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. rv, p. 489, y Maeder, "Historia", 1968.

46 Datos en ZavalaHistoria, 1920, p. 56, y Zimmermann, "Poder", 1998.

47 Para un anlisis ms amplio de la justicia federal durante el periodo vase Lanteri, "Instituciones", 2011, y "Justicia", 2008.

48 Entre ellas, 40 estuvieron referidas a la sancin de los presupuestos nacionales cuyas cifras estamos sintetizando y ms de 80 leyes orientadas a la implantacin de un nuevo orden econmico-financiero. Se reglament todo lo relativo a rgimen de aduanas interiores y penalizacin del contrabando, emprstitos y bancos, contribucin territorial y derechos diferenciales al comercio exterior, acuacin de monedas y uso del papel sellado, entre otros rubros.

49 Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. VI, pp. 25-41. Academia Nacional de la Historia-Unin Acadmique InternationaleMemorias, 2005, p. 262.

50 Resulta imposible sintetizar los numerosos argumentos que se dieron por ejemplo en las ms de quince sesiones en que se trat la ley orgnica de 1858. Valga como muestra que distintas voces se alzaron en contra del papel de "custodio" de la Constitucin nacional que se le dio finalmente al poder judicial, porque temieron su omnipotencia sobre los otros dos poderes.

51 Datos de las designaciones en Archivo General de la Nacin (en adelante AGN), X, Departamento de Justicia, Culto e Instruccin Pblica, 1854-1860, 42-7-11. La ley sobre "abogados nacionales" tampoco pudo saldar el problema de la escasez de abogados, que se extendi a las dcadas siguientes. Al respecto vase Zimmermann, "Education", 1999.

52 PavoniCrdoba, 1993.

53 Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. VI, pp. 51-55.

54 En efecto, la iniciativa tuvo tambin buena recepcin en otros espacios provinciales. As, un diputado nacional propuso al gobernador correntino hacer lo mismo entre Santa Fe, Comentes y Entre Ros. Le inform adems que ya haba evaluado la opinin entre sus pares y que era positiva. Incluso, afirm que haba podido conversar con Urquiza al respecto, quien haba estado en total acuerdo. El gobernador lo autoriz para accionar en dicho sentido, aunque finalmente la iniciativa no se concret. De Vicente Quesada al gobernador Pujol, Paran, 12 de julio de 1856 y respuesta, en Pujol, Corrientes, 1911, t. VI.

55 Por ejemplo, el ministro de Gobierno de San Juan y diputado nacional por la provincia comunicaba que "cada empleado exige y si no se le concede apela a su arma favorita: una renuncia, y como los hombres son pocos y menos los capaces y el gobierno dice amn", De Manuel Antonio Durn a Benjamn Victorica, San Juan 15 de febrero de 1856, en AGN, VII, Benjamn Victorica, Diputado al Congreso federal en 1856, 3131.

56 Para un anlisis de ambos vase Macas, "Armas", 2007.

57 Por cuestiones de espacio no desarrollaremos sus biografas. Valga como muestra que Jos Benito Barcena, Juan de Dios Usandivaras y Salustiniano Zavala, los tres representantes que firmaron el tratado haban desempeado funciones polticas y/o judiciales con anterioridad a 1851 e incluso Zavala haba conformado la "Coalicin del Norte" en 1840.

58 En adelante, el debate consltese en Cmara de Diputados de la Nacin, El poder legislativo, 1937, t. VI, pp. 338-347. Beatriz Bosch present esta discusin pero no desde el enfoque que aqu nos interesa destacar, Bosch "Poder", 1964.

59 La Cmara Superior de Justicia funcion en Paran entre 1854 y 1861 como tribunal ele consulta y apelaciones de la Confederacin. El fiscal de Estado era parte legtima en todos los negocios criminales y en los civiles en los que se interesaba la causa pblica o la jurisdiccin nacional, en los recursos de fuerza y en los recursos extraordinarios o de competencias entre diversas jurisdicciones.

60 Por citar un caso. En clara sintona con las dems leyes que apuntaron a conformar un orden econmico-financiero estable, en 1856 se facult a los administradores nacionales de Rentas y Aduanas a entender en primera instancia en materia de contrabando y dems causas contenciosas de Hacienda. La Cmara Superior de Justicia qued por su parte autorizada a conocer en segunda instancia en las causas que le fuesen elevadas en apelacin o remitidas en consulta. Esta centralizacin en materia judicial fue objetada por algunas personas que sealaron que la falta de hbitos administrativos y el comportamiento de los comercianres iran en detrimento del objetivo inicial. Entre ellos, de Juan de Dios Usandivatas a Juan Mara Gutirrez, Salta 21 de mayo de 1855, Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo, 1981, t. III, pp. 262-264.

61 As lo hizo, por ejemplo, con motivo de un conflicto en la provincia de San Juan por el ejercicio del Patronato. Con la intencin de favorecer al ex gobernador y por entonces comandante de la Divisin Militar del Oeste de la Confederacin -Nazario Benavdez—, se opuso al accionar del gobernador Daz. Tambin actu la Cmara de Justicia en connivencia con el poder ejecutivo nacional y con el propio Congreso en contra de Evaristo Carriego, a quien se le cre una causa por "abuso de autoridad". Carriego haba puesto en disputa el poder de Urquiza al ganarle en 1858 las elecciones como diputado nacional por el Territorio Federalizado a Benjamn Victorica, yerno de Urquiza y su principal vocero en el Congreso desde 1856. Vanse casos en Instituto de Investigaciones de Historia Regional y Argentina "Profesor Hctor Domingo Arias", Archivo, 2007, t. V, pp. 307-309 y 313-314;El Nacional Argentino, 17 de febrero de 1857, y Coronado, Misterios, 1866, t. I, pp. 31-41.

62 Vanse casos en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. vi, pp. 10 y 56, y del ministro de Justicia, Culto e Instruccin Pblica al presidente de la Cmara Superior de Justicia, Paran, 24 de febrero de 1857, en AGN, X, Departamento de Justicia, 1857-1858,44-8-4.

63 Scobiehucha, 1964, y Brezzo, "Intimidades", 1994.

64 Entre otros, de Juan Bautista Albetdi a Juan Mara Gutirrez, Pars, marzo de 1856, en Alberdi, Caitas, 1953, p. 64.

65 Canal, Constitucin, 1986, p. 136.

66 Ruiz, Centenarios, 1952; Macchi, Primera, 1979, y Bosch, Urquiza, 1980.

67 Entre otros GorosteguiOrganizacin, 1972, y OszlakFormacin, 1997.

68 Bragoni y Mguez (coords.), Nuevo, 2010, p. 27.

69 Para Oscar Oszlak, en la Confederacin la provincia constituy el principal marco de referencia para la organizacin poltica y las relaciones sociales. OszlakFormacin, 1997, especialmente pp. 45 y 62.

 

 

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