Acerca del aprendizaje y la conformacin
poltico-institucional nacional. Una relectura de la "Confederacin"
argentina (1852-1862)
About
Learning and the Political-Institutional Shaping
of the Country. A Re-interpretation
of the Argentinean "Confederation" (1852-1862)
Ana Laura Lanteri
INFORMACIN SOBRE LA AUTORA:
Ana Laura Lanteri. Doctora en Historia por la Universidad Nacional
del Centro de la Provincia de Buenos Aires, y profesora y licenciada en
Historia por la Universidad Nacional de Mar del Plata. Ha recibido becas y
subsidios de investigacin de la UNMdP y del CONICET.
Actualmente (2011-2013) se desempea como becaria posdoctoral del CONICET y
como docente y colaboradora en las reas de pedagoga e historia argentina de
la UNMdp. Integra el Grupo de Investigacin
"Problemas y debates del siglo XIX" (UNMdP).
Ha publicado artculos en revistas nacionales e internacionales y ha
participado como ponente en diversos encuentros acadmicos. Su investigacin
versa sobre el sistema poltico de la "Confederacin" argentina
(1852-1862).
ABOUT THE AUTHOR:
Ana Laura Lanteri. PhD in History from the Universidad Nacional del
Centro de la Provincia de Buenos Aires and Professor
and B.A. in History from the Universidad Nacional de Mar del Plata. Recipient of Fellowships and Research Grants from UNMdp and CONICET. Currently (2011-2013) a Postdoctoral Fellow
of CONICET and a teacher and collaborator
in the areas of Education and Argentinean History of UNMdp. Member of the Research
Group "Problems and
Debates of the 19th century"
(UNMdp). Has published articles in national and international journals and delivered papers at various academic meetings. Her research
focuses on the political system
of the Argentinean "Confederation" (1852-1862).
Fecha de recepcin: julio de 2011; Fecha de
aceptacin: junio de 2012.
Resumen
Se
realiza una relectura de la "Confederacin" argentina (1852-1862)
desde una perspectiva soslayada por los estudios especficos del periodo. Se
focaliza en la convergencia de las dinmicas nacional y provincial para
explicar la conformacin del orden poltico. Se afirma que, en el hiato entre
lo proyectado y lo realizado, un proceso de aprendizaje y de conformacin
poltico-institucional nacional se inici por entonces y se consolid en las
dcadas siguientes. Se privilegia al Congreso como la institucin desde la que
se observa la problemtica, en tanto mbito de conformacin de la dirigencia
nacional y de la institucionalidad estatal. Pero la indagacin lo trasciende,
al considerarse el accionar y la interaccin de los legisladores y del poder
ejecutivo nacional y la respuesta de las elites polticas provinciales a las
disposiciones all tomadas.
Palabras clave: "Confederacin"
argentina; elites polticas provinciales; poder ejecutivo nacional; congreso
nacional; justicia federal.
Abstract
The
Argentinean "Confederation"
(1852-1862) is re-interpreted
from a perspective overlooked by specific
studies on the period. It
focuses on the convergence of national and provincial dynamics
to explain the formation of the political order. It states that
a learning process and national politico-institutional shaping began in the hiatus between
the projected and the actual, which was consolidated in the following decades.
Congress is the institution from which the
problem is observed as a sphere for shaping national
leadership and state institutions. But the paper goes
beyond this to consider the action
and interaction of legislators
and the executive branch and the response of
provincial political elites.
Key words: "Confederation";
provincial political elites; national
executive branch; national congress; federal justice.
Introduccin
En
las ltimas dcadas, la historiografa poltica iberoamericana reformul sus
principales interrogantes y renov sus enfoques metodolgicos y conceptuales
sobre el proceso de conformacin de los Estados nacionales durante el siglo
XIX. A partir de una variedad de espacios geogrficos y de periodos abordados
con sus especificidades propias, diversos estudios han dado cuenta del carcter
miscelneo del federalismo y el republicanismo en la regin y del arduo trabajo
que supuso su construccin.1
Desde
un enfoque renovador para el caso argentino, Jos Carlos Chiaramonte
sugiri un anlisis alternativo a los estudios que haban considerado la
"cuestin regional" como la de los obstculos interpuestos en el
camino de una organizacin nacional iniciada desde la disolucin del vnculo
colonial. En cambio, afirm que en dicho proceso fuerzas provinciales
contrapuestas —actuantes como Estados soberanos e independientes desde
1820—, cambiaron su orientacin para que surgiese un Estado federal en
1853.2
En
efecto, la Constitucin nacional sancionada en dicho ao defini una federacin
que se consolidara por la delegacin en el poder nacional de ciertas
facultades por parte de los gobiernos provinciales. Como la provincia de Buenos
Aires se neg a encolumnarse tras las dems en este
sistema poltico, convivieron hasta 1862 dos Estados en el territorio de las ex
Provincias Unidas del Ro de la Plata: el de Buenos Aires y el de la
"Confederacin" de las provincias liderado por Justo Jos Urquiza
(hasta entonces gobernador de Entre Ros). Ambos Estados lucharon durante una
dcada por consolidar sus estructuras econmicas y poltico-institucionales y
por obtener la unidad y supremaca nacional.3
Pese
a representar una bisagra que articula la primera y la segunda mitad del siglo
XIX en el proceso de conformacin estatal nacional, esta etapa y,
especialmente, la Confederacin, han sido poco estudiadas por la historiografa
argentina. En efecto, a diferencia de los importantes y renovados estudios
sobre el Estado porteo,4 los
trabajos que sobre aquella intentan realizar una mirada de conjunto son
escasos. Adems, fueron realizados en su mayora con anterioridad a la dcada
de 1990, por lo que no participaron del clima de renovacin de la historia
poltica que referimos.
Y
a ello se suma que, a nuestro entender, las interpretaciones dadas dificultan
la comprensin de la trama poltica e institucional de la Confederacin. Tanto
aquellos autores que enfatizaron la imposibilidad de sentar bases
institucionales y polticas nacionales como los que, por el contrario,
sealaron el xito alcanzado en la organizacin nacional soslayaron una
cuestin que creemos fundamental:5 prestaron poca atencin a la
convergencia de las dinmicas provincial y nacional para explicar la
conformacin del orden poltico del periodo. Estas visiones dieron as poco
margen de participacin a las provincias y a sus representantes, desdibujando
su protagonismo en el proceso.6
En
estas pginas se asume una postura intermedia entre ambas visiones al afirmarse
que, en el hiato entre lo proyectado y lo realizado, un proceso de aprendizaje
y construccin poltico-institucional nacional se inici en la Confederacin y
se consolid en las dcadas siguientes.7 Aunque mucho menos eficaz de lo que sus
autoridades esperaban, este fue ms importante para la conformacin estatal
nacional —tanto coetnea como posterior— de lo que las
interpretaciones histricas describieron. Postulamos que, por la sociabilidad
de la poltica y el andamiaje institucional que se fue construyendo, las
provincias comenzaron a entenderse y a asumirse en una forma federal y
republicana y las autoridades a constituirse en una dirigencia poltica con
proyeccin nacional.
El
enfoque elegido privilegia al Congreso nacional —que funcion en Paran,
la capital de la Confederacin, entre 1854 y 1861—, como la institucin
estatal desde la que se observa la problemtica. Se lo aborda como un mbito
efectivo de encuentro, aprendizaje e integracin de las elites polticas
provinciales en el nuevo sistema poltico. Y, por ende, de conformacin de la
dirigencia nacional y de la institucionalidad estatal. Pero la indagacin
trasciende dicha institucin. Ello es porque se considera el accionar concreto
y la interaccin de los legisladores y del poder ejecutivo nacional y la
respuesta de las elites polticas provinciales a las disposiciones tomadas en
el Congreso.
En
primer lugar, se estudian los rasgos centrales del funcionamiento institucional
de dicho recinto legislativo. Luego, se profundiza el anlisis desde la labor
legislativa desarrollada y se presentan algunos ejemplos sobre su
implementacin prctica, que creemos centrales para problematizar el proceso
estudiado. Especialmente, referimos al papel y el accionar de la justicia
federal. A diferencia de aquellos autores que aludieron a su falta o casi nula
actividad, mostramos su alcance y funcionalidad como poder estatal e
institucin para la nacionalizacin de las provincias.8
Las provincias en un marco institucionalizado:
funcionamiento general del Congreso nacional
Tras
la secesin de Buenos Aires en septiembre de 1852, los representantes de las
restantes provincias integradas en la Confederacin se aglomeraron en el
"Congreso General Constituyente" que sent las piedras angulares del
nuevo juego poltico nacional. A comienzos de 1854 se realiz el escrutinio de
la eleccin presidencial y, luego de que las nuevas autoridades asumieron sus
cargos, dicho Congreso cerr sus sesiones.9Elegido presidente, Justo Jos de
Urquiza, se dispuso enseguida a dar nuevos pasos tendentes a la organizacin
estatal.
Por
una parte, para contrarrestar el peso diplomtico porteo y lograr que la
Confederacin fuese reconocida como Estado soberano, envi a Juan Bautista
Alberdi en una misin a Francia e Inglaterra (en donde permaneci hasta I860,
como analizaremos luego). La eleccin de Alberdi no fue casual. En efecto, ya
se haba recapitalizado su discurso cuando sus postulados quedaron plasmados en
las normas constitucionales nacionales de 1853. En sus "Bases"
escritas en 1852 haba enunciado que la soberana resida "originariamente"
en la nacin y con ello produjo un viraje discursivo concluyente: el pasaje del
sistema confederal a un Estado federal.
Su
"repblica posible" se asent en la legitimidad del poder limitado
para, a partir de ese afianzamiento institucional del poder, transformar a la
sociedad nacional. En este marco seal que el poder ejecutivo nacional era el
ms importante en la administracin estatal.10 Segn Alberdi, sera un
presidente constitucional con las facultades de un rey, el lmite a su poder
era el plazo de seis aos de duracin de su mandato que, por otra parte, no era
ni hereditario ni renovable a pesar de las muchas atribuciones que concentraba.
Adems, estaba equilibrado por el poder judicial y dos cmaras legislativas que
representaban a todas las provincias (en la de senadores de manera igualitaria
y en la de diputados en forma proporcional).11
El
discurso de la nacin sirvi entonces para legitimar la construccin del Estado
que emprendi el personal poltico federal. Al igual que en otros espacios
iberoamericanos, la representacin poltica y la divisin de poderes fueron
tanto principios que sirvieron de eje para configurar la nueva legitimidad
poltica como mecanismos de gobierno.12 Como advertiremos enseguida, en este marco se
establecieron complejas relaciones entre los poderes estatales.
Adems
de buscar apoyo extranjero, Urquiza procur afianzar su poder poltico
apuntalando mecanismos de centralizacin y de control ideolgico. Para ello
viaj en marzo a Crdoba, una provincia que le permiti tener visibilidad
poltica por fuera del Litoral, regin donde haba consolidado su poder. Su
estrategia era ganar desde all apoyos provinciales y garantizar elecciones
satisfactorias para el Congreso nacional pronto a reunirse en mayo.
El
Congreso, como espacio soberano ubicado en la capital, posibilitaba al
ejecutivo nacional acercarse y disciplinar a los poderes provinciales
soslayando un dilogo directo con los gobernadores en sus respectivas
provincias, que poda resentir la base de su legitimidad poltica. Y, adems,
le permita hacer uso de un mecanismo como la conexin diplomtica, que estaba
aceitado por dcadas de pactos interprovinciales (los ms importantes, en
efecto, fueron considerados como antecedentes en el propio prembulo de la
Constitucin nacional).
Sus
esfuerzos por reunir al Congreso dieron testimonio del enlace entre los
procesos constitucionales formales y las circunstancias y voluntades polticas
concretas. Las sesiones finalmente se inauguraron el 22 de octubre de 1854,
casi cinco meses despus de la fecha pautada, porque recin por entonces se
logr conformar el qurum legal para sesionar (estipulado como la mitad ms uno
de los miembros de cada Cmara legislativa). Y por ley, como esas sesiones slo
duraron hasta el 3 de diciembre, se decidi declararlas extraordinarias.13
Aunque
la mayora de las provincias haba elegido a sus diputados y senadores en la
fecha estipulada, tensiones polticas entre los ejecutivos y las legislaturas
de algunas de ellas, como La Rioja, Crdoba y San Juan y la falta de recursos
para costear el traslado a Paran, demoraron la instalacin.14 Adems de estas circunstancias,
el obstculo ms frecuente para lograr el qurum fue la preferencia que los
elegidos tuvieron por sus negocios particulares, por permanecer en sus puestos
polticos provinciales o, simplemente, por optar representar a otra provincia
que los haba elegido en forma simultnea.15
Las
circunstancias de 1854 no fueron una eventualidad poltica sino ms bien una
norma. En efecto, el Congreso nacional sesion hasta diciembre de 1861 en un
complejo marco institucional. Su funcionamiento se vio especialmente afectado
por las dificultades antes mencionadas que le impedan conformar el qurum
legal pero, adems, por la falta de personal administrativo que pudiera
agilizar su labor.16
No
obstante, dicho recinto fue un puesto privilegiado desde el que distintos
legisladores lograron extender el poder y los intereses de su familia. Claro
que dicha situacin se hizo ms tangible para muchos actores luego de 1854,
cuando el Congreso sigui funcionando con regularidad y las instituciones
creadas —algunas de las que examinaremos enseguida— iban
canalizando los vnculos entre los poderes provinciales y el poder central. Si
bien las distintas situaciones provinciales y personales nos impiden hacer una
conclusin general, podemos sealar la progresiva consolidacin del espacio de
poder nacional gracias a la delegacin de los diputados all reunidos.17
En
efecto, una cuestin que debe advertirse para explicar el bajo qurum del
Congreso es su estrecha vinculacin con una cualidad central del personal
poltico federal durante el periodo: la superposicin y circulacin de
funciones nacionales y provinciales, sobre la que volveremos enseguida. Muchas
veces los legisladores no asistieron a las sesiones por estar desempeando
alguna otra funcin en la administracin nacional en la misma Paran o en las
provincias. Ellos mismos se mostraron especialmente preocupados por esta
situacin y tomaron diversas medidas que evidencian que haba inters en
mantener al Congreso como un espacio poltico comn.
Por
una parte, incorporaron en los reglamentos internos de ambas Cmaras pasos
rigurosos a seguir en caso de inasistencia o renuncia de los legisladores, que
incluyeron hasta multas en dinero. Y desde el primer presupuesto anexaron el
cobro de la "leguada" (una suma extra de
dinero acorde con la distancia que recorran desde el territorio en el que
residan hasta Paran).18 Por otro lado, sancionaron algunas leyes,
como la que declar incompatible el cargo de ministro con el de legislador en
1856 y la que dispuso que los legisladores deban tener permiso de su Cmara
para aceptar o retener cualquier empleo del ejecutivo nacional en 1857.
Un
repaso somero de las discusiones suscitadas por la aprobacin de esta ltima y
por el rechazo del Congreso al veto que el poder ejecutivo nacional intent
hacerle ser de utilidad para nuestro anlisis. Ello es porque revela un ajuste
de atribuciones y deberes entre ambos poderes estatales y entre los niveles de
poder provincial y nacional fijados en la Constitucin nacional. Dichas
discusiones sobre los alcances del rgimen poltico nacional son por lo dems
interesantes para vislumbrar la manera en que se fueron modelando los vnculos
y esferas de accin de cada uno de estos.19
Bajo
el argumento de que era inconstitucional que el Congreso decidiese sobre el
contenido de la ley porque ello corresponda a las provincias —a los
electores de los legisladores—, el poder ejecutivo nacional intent
vetarla.20 Y apelando tambin a la Constitucin
nacional, el poder legislativo rechaz el veto objetando su uso en un caso en
que no estaba en peligro la paz pblica. Compararon en este sentido la gran
cantidad de vetos que Urquiza haba realizado hasta entonces con los pocos
dados en Estados Unidos, Chile y Brasil. Tambin se encarg el Congreso de
destacarle al presidente que tena jurisdiccin exclusiva sobre sus miembros.
Una
vez sancionada la ley, se gestionaron 42 permisos para ocupar y/o retener
empleos del ejecutivo nacional.21 Muchos legisladores se opusieron a otorgar
licencias porque pensaron que atentara contra la propia conformacin e
independencia del poder legislativo. Sin embargo, otros consideraron que deban
darse todos los permisos solicitados para fortalecer las diversas reas de
formacin estatal.
Finalmente
reconocieron la importancia de no alterar el frgil orden administrativo al
restarle personal idneo al gobierno nacional. Y ponderaron tambin el
fortalecimiento de este ltimo por encima de los poderes provinciales, lo que
redund en beneficio del fortalecimiento del aparato estatal. Negaron entonces
la posibilidad a algunos de sus pares de licenciarse para ocupar cargos en las
provincias mientras que dieron permiso a otros para desarrollar funciones en
reas para las que haba pocos hombres cualificados.
Esto
ltimo siempre y cuando no fuesen a la vez empleados administrativos del propio
Congreso. Como anticipamos, encontrar personal idneo para atender sus diversas
tareas fue muy dificultoso y los legisladores no estuvieron dispuestos a que
desempearan funciones en otras dependencias estatales.22 Se transparent as una situacin
de reserva de atribuciones y prerrogativas del poder legislativo, sin que ello
implicara desatender la conformacin de una administracin nacional.
El
vnculo establecido entre ambos poderes estatales en el Congreso plasm la
concepcin alberdiana de la armona de un sistema
federal con un ejecutivo fuerte. Este ltimo trat de incidir en la aprobacin
de la ley que acabamos de analizar. Pero adems, segn hemos podido advertir en
nuestra investigacin doctoral, lo hizo en el caso de muchas otras y tuvo
injerencia tambin en otros niveles del desarrollo institucional del Congreso,
como la seleccin de candidatos para ocupar las bancas.23
Pese
a ello, las provincias y sus representantes no resignaron su poder y
percibieron al recinto legislativo como un espacio propicio para la
conformacin de una institucionalidad estatal que las integrase. Incluso, la
injerencia del ejecutivo no fue considerada por muchos de los legisladores
—quienes, por ejemplo, en el caso analizado sugirieron dar todos los
permisos— como un elemento disolvente.
Por
el contrario, en un marco de transformacin poltico-institucional como el
estudiado, encontraron en l un mecanismo para consolidar el entramado
institucional y hacer as viable la organizacin nacional. Dicho ajuste de
atribuciones entre el poder ejecutivo y el legislativo —y luego
observaremos tambin con el poder judicial— fue conformando la dirigencia
nacional.
Hubo
otras escenas que se orientaron en este sentido. Las discusiones suscitadas por
la presentacin de los presupuestos nacionales, por ejemplo, ilustran con
claridad lo que afirmamos. La ley que acabamos de analizar fue complementada en
1857 con otra que estableci que dichos presupuestos y las memorias
ministeriales que los acompaaban deban ser publicados por el poder ejecutivo nacional
dentro de los 20 das luego del inicio de cada periodo legislativo sin
excepcin.
Motivaron
la ley las reiteradas demoras en cumplir esta tarea, que condujeron adems a
que el Congreso utilizara uno de los resortes institucionales que le permita balancear
el peso del poder ejecutivo nacional: las interpelaciones.24 Al respecto, el ministro de
Hacienda —que haba sido interpelado en 1856—, comentaba a uno de
sus pares sobre su accionar:
Estoy
haciendo ahora la Memoria que he de presentar a las Cmaras, que a juzgar por
lo que he escrito ser un largo cuento de viejas. Cuando hablaba con seriedad
la verdad pura. No les ha parecido bien mi franqueza; tal vez ahora tenga mejor
suerte. La Memoria del Ministerio tiene que ser, aunque no quiera, una
justificacin de la del ao pasado.25
Luego
de las observaciones citadas, agreg que si no trazaba dicha memoria perdera
credibilidad y que los legisladores estaran muy disgustados al saber que
tampoco ese ao cobraran sus sueldos por el precario estado de las finanzas
nacionales. El pasaje muestra las dificultades existentes en la regularizacin
de la administracin estatal. Y, tambin, la voluntad del poder ejecutivo
nacional de acreditarse ante los representantes de las provincias, legitimando su
accionar aunque ello implicase darles informacin que no se condeca a la
realidad de la Confederacin. Pese a fomentar dicha imagen, no contest a la
ley.
En
efecto, en 1858 se produjo otra interpelacin de la Cmara de Diputados por una
nueva demora en los plazos de entrega del presupuesto pero, esta vez, recay
sobre todo el gabinete.26 Las situaciones aludidas evidencian tambin
la intencin de los legisladores de mantenerse informados y de poder participar
de la administracin nacional. Estuvieron especialmente preocupados por el
estado de desorganizacin del gabinete que les impeda conocer, ordenar y poder
limitar el uso que se haca de los recursos federales.27
Adems,
para las provincias era muy difcil la tarea de darse consistencia estatal sin
participar de la estructura federal. Por ejemplo, los legisladores manifestaron
en distintas ocasiones que las autoridades de las provincias que representaban
les haban insistido en la necesidad de incrementar la partida presupuestaria
de "subsidios", por su frgil estado financiero y administrativo.
Incluso ms: mocionaron en ocasiones para que el ejecutivo nacional invirtiese
con preferencia en dichas subvenciones los magros recursos de los que se
dispona.28
Cmo
se ide entonces la construccin de una estructura estatal nacional sobre un
sustrato de provincias con escasos recursos econmicos y humanos?, cules fueron
los principales temas a los que se atendieron? Y, lo que es de importancia
mayor para comprender la viabilidad federal de la Confederacin, qu respuesta
tuvieron las provincias a dicha construccin?
En
un contexto de metamorfosis poltica como el estudiado, la invencin de leyes
que deban servir de marco en una nueva configuracin de la estructura y de la
legitimidad estatal fue parte de un proceso sin una frmula nica y cuyos
efectos sobre las esferas poltica y socioeconmica eran en gran parte impredecibles.
Los polticos de la Confederacin, que no eran personas ajenas al escenario
nacional, crean en su espritu formativo.
El
anlisis del perfil sociopoltico de las 203 personas que ocuparon los puestos
estatales ms importantes revel su vasta trayectoria previa en defensa de la
"unidad nacional". Asimismo, puso en evidencia sus cualidades
profesionales y su circulacin y superposicin de funciones polticas,
militares, judiciales y legislativas tanto anterior a 1852 como entre dicho ao
y 1861.29 Esta ltima cualidad —la superposicin
de cargos— atentaba contra el principio republicano de divisin e
independencia de poderes y, como advertimos, afect la conformacin del qurum
del Congreso.
Pero
esta indiferenciacin entre las esferas del poder y la experiencia adquirida en
la primera mitad del siglo XIX facilit en la prctica la construccin
institucional estatal y la conectividad de la dirigencia nacional. La
conformacin de dicha dirigencia exigi entonces recapitalizar y unificar un
personal diverso que sin embargo tena su sustrato comn en la experiencia de
los estados provinciales autnomos (y, en el caso de algunos, en las
"Guerras de Independencia" de las primeras dcadas del siglo).
Ms
all de sus divergentes itinerarios —que no son materia de este
trabajo—, haban adquirido empricamente entrenamiento y saberes en el
manejo de la actividad poltica y militar y reorientaron dicho bagaje
corporizndolo en el nuevo sistema poltico nacional. Por ello, optaron por
proyectar una legislacin que conjug la adecuacin a los mandatos
constitucionales y una fuerte voluntad centralizadora y modernizadora con la
experimentacin y la respuesta a necesidades y cuestiones coyunturales.
Segn
surge del anlisis general de las 292 leyes que finalmente fueron sancionadas
entre 1854 y 1861, la centralizacin y modernizacin administrativa,
rentstica, judicial y militar y el control ideolgico sobre las provincias
fueron pensados como los principales recursos sociopolticos y econmicos de
dominacin y ejercicio del poder.
Las
leyes podan tener principio en cualquiera de las Cmaras del Congreso, por
proyectos presentados por sus miembros o por el poder ejecutivo nacional. El
rastreo realizado alude nuevamente al peso de este ltimo, quien dio inicio al
elevado porcentaje de 71.92%. La proyeccin de los gastos nacionales, cuyas
discusiones hemos comenzado a analizar, tambin defini las prioridades en
materia de conformacin estatal. Llegados a este punto, resulta interesante
entonces advertir los rasgos centrales de esta arquitectura legislativa y de su
implementacin prctica.
Antes
de continuar, debemos sealar una cuestin de corte metodolgico. Analizar el
impacto de cada una de las disposiciones en las trece realidades provinciales
que convergieron en la Confederacin es una tarea dificultosa, no slo por su
complejidad y amplitud, sino tambin por la dispersin y disponibilidad de
fuentes.30No pretendemos entonces hacer un anlisis
exhaustivo sobre el ordenamiento militar, judicial, econmico e ideolgico
interno e internacional y su puesta en prctica, sino que detallamos slo el
esquema general de las reas que fueron atendidas en materia de legislacin y
gastos nacionales. Y profundizamos el estudio a partir de algunos casos
concretos de la respuesta de las elites polticas provinciales a dicho
ordenamiento.
Algunos casos clave en la actividad y
retroalimentacin legislativa: dirigencia, instituciones y organismos
administrativos para la nacin
Como
era de esperarse por la escasez de recursos humanos y econmicos y por lo
reciente de la conformacin estatal, la capacidad efectiva que tuvo el gobierno
nacional de hacer cumplir su voluntad fue reducida. Al igual que ha sido
destacado para otras latitudes como Mxico y Brasil, no debe confundirse
entonces a una dirigencia poltica que consensu un programa de modernizacin
material e institucional estatal con un Estado nacional poderoso.31
El
proyecto poltico de una repblica federal con una legitimidad que reposara en
el papel innovador de las instituciones encontr as resistencias. Que el
Estado nacional ganara mayor densidad se conseguira con la articulacin de los
intereses polticos y econmicos que se dispersaban en las provincias con los
proyectos acuados en Paran, y en este punto fue poco lo que pudo ser
realizado.
Dicho
contraste entre el plan centralizador y modernizador y sus posibilidades
prcticas no impidi sin embargo que se fuera definiendo una esfera de accin
para las instituciones estatales ni que en dicho marco se fuera constituyendo
una dirigencia nacional. Se logr avanzar mediante las leyes sancionadas y las
relaciones forjadas en el Congreso en la consolidacin de los vnculos entre el
poder nacional y los provinciales. Y en este devenir, como hemos comenzado a
mostrar, se fueron conjugando los ideales e injerencia del ejecutivo nacional
con el pragmatismo poltico y los intereses de las elites provinciales y de los
legisladores y con las disposiciones tomadas por estos a raz del debate
parlamentario.
Las
elites polticas provinciales fueron asumiendo entonces un proceso de
modernizacin y de superacin del mbito provincial.32Resulta sugerente recuperar, para
reflexionar sobre ello, una cuestin que ha sido recientemente destacada por
Eduardo Mguez. El rico mapa bibliogrfico de
estudios provinciales sobre el periodo 1852-1880, ha mostrado que ya desde la
dcada de 1850 en la mayora de las provincias se fue reconstruyendo una elite
poltica que dejaba atrs la etapa ms clsica del caudillismo. El esquema
conformado desde 1852 difera entonces bastante del anterior y ello fue as al
menos por dos cuestiones planteadas por dicho autor.
Por
un lado, porque como hemos comenzado a analizar y ampliaremos en adelante, el
sistema constitucional no fue una mera formalidad. Por otra parte, porque los
lderes locales y provinciales deban tomar en cuenta una interaccin con el
escenario nacional mucho ms significativa que la desarrollada hasta entonces.
Podan asumir que el proyecto integrador era una va para potenciar su propio
liderazgo y no ya el sometimiento a un centro. Conocan las posibilidades de
obtener mayores recursos que los disponibles en sus espacios provinciales y de
participar en los nuevos espacios de poder nacional.33
Consideramos
que el Congreso nacional fue uno de esos espacios y que, en este marco, es
importante volver sobre el perfil del personal poltico federal. La
conformacin de una dirigencia nacional que integr en su seno a las elites
polticas provinciales fue fundamental para la viabilidad de la Confederacin.
Por sus cualidades aglutinadoras entre la primera y segunda mitad del siglo y
su acumulacin de pericia en el manejo y la gestin poltica e institucional,
pensamos que dicho personal y su accin en las instituciones nacionales constituyen
un aspecto de importancia para entender por qu las provincias aceptaron el
nuevo sistema poltico. Como ampliaremos enseguida, postulamos que ello
representa tambin una clave de la herencia y amalgama de la Confederacin con
el proceso abierto en 1862.34
En
efecto, se discutieron y circularon distintas ideas y definiciones sobre la
forma estatal, se ensayaron frmulas concretas de articulacin, de
participacin y de preponderancia entre los poderes estatales y entre las
esferas de poder nacional y provincial y se ide una estructura institucional
cuya puesta en prctica produjo algunos avances.35 Y todo ello redund en beneficio
de un ejercicio poltico experimental, que realz y dio sustancia al carcter
de la formacin estatal.
Retomemos
entonces el anlisis de los rasgos centrales de la arquitectura legislativa y
de su implementacin prctica, que es ilustrativo de lo que sealamos.36Al igual que para otros espacios
iberoamericanos, la gran mayora de los gastos de todo el periodo fue para el
Ministerio de Guerra y Marina, quien obtuvo siempre ms de 44% del total de lo
presupuestado. Ello no llama la atencin por el contexto de lucha contra el
Estado de Buenos Aires por lograr la supremaca nacional.37 En contraste con dichas partidas
presupuestarias, las leyes sancionadas representaron slo 2% del total.
En
segundo lugar se ubic la cartera del Interior, con un promedio total de 25% de
lo presupuestado y 31% de lo legislado. Se apunt a distintos asuntos: a
regular el funcionamiento institucional del Congreso —con medidas como
las que indicamos en el primer apartado—, a garantizar la paz interna y
la unidad nacional al resolver conflictos suscitados con el Estado porteo y
los existentes en o entre las provincias y sancionar las Constituciones
provinciales que uniformaron los marcos jurdicos con la Constitucin nacional
(36 leyes); a regular los transportes y comunicaciones (18 leyes) y a ordenar
todo lo relativo a la administracin estatal general (23 leyes).
En
efecto, para incorporar las provincias a un plano de actuacin y referencia
nacional y reforzar la presencia estatal en el territorio, la creacin de
organismos administrativos de control form parte de la agenda poltica. Las
equiparaciones, reducciones y reacomodamientos que se les realizaron en el
Congreso son una nueva muestra del inters por lo nacional, por materializar
dicha esfera de la manera ms conveniente aunque ello supusiera restringirlos o
suprimirlos. Lo nacional, que haba sido definido jurdicamente y tena por
ende su basamento en la Constitucin federal y republicana de 1853, era una
cuestin difcil de llevar a la prctica poltica para las elites dirigentes
provinciales.
Veamos
los casos del Archivo General y de la Inspeccin General de Correos, Postas y
Caminos, que fueron creados por ley nacional en septiembre 1856. La funcin de
la Inspeccin era proponer desde la ciudad de Rosario —donde fue
instalada por contar con uno de los puertos ms importantes de la Confederacin—
al Ministerio del Interior todas las medidas que se creyeran convenientes para
la mejora de estos tres ramos.38 En 1857, en la Cmara de Diputados se
present un proyecto de ley que propuso suprimirla basndose en razones de
estricta economa.
La
propuesta fue aceptada por el Congreso pero nuevamente el poder ejecutivo
nacional hizo uso de su capacidad de veto. Adujo que coincida en las razones
de economa invocadas y en suspender el funcionamiento
de la oficina. Sin embargo, su propuesta era no derogar la ley de creacin
porque ello supondra "declararla intil o perjudicial cuando no lo
era". La mocin fue aceptada sin objeciones en el Congreso, por lo que la
oficina qued suspendida en sus funciones hasta que el erario permitiese
retomarlas.39
Pese
a ello, en el mismo ao de 1857 los legisladores hicieron algunas
modificaciones al presupuesto en materia de correos para que primara la
"equidad y proporcionalidad" entre las provincias, cuestin que sus
gobernadores les haban solicitado expresamente. Por ejemplo, se acept
equiparar las partidas dadas a algunos trayectos provinciales porque las
distancias y el trabajo de sus empleados eran iguales.
A pedido de los diputados de San Juan tambin se agreg un correo en la
provincia.
Este
tipo de decisiones podran ser ledas en funcin de la voluntad del gobierno
nacional de mantener una imagen pblica de eficacia y racionalidad ante las
provincias. No era lo mismo derogar la ley que haba creado un organismo que
regulaba una de las demandas constitucionales —el establecimiento de
postas y correos estipulado en el artculo 64—, que postular su
suspensin transitoria. A su vez, que los legisladores
"federalizaran" el sistema de transportes acorde a las solicitudes de
las propias autoridades provinciales da cuenta de su voluntad de mantenerse
comunicadas.
Por
su parte, la funcin del Archivo fue conservar los documentos pblicos
nacionales para que generaciones venideras encontrasen "datos verdicos
sobre los que contar la historia de la Confederacin".40 Cada oficina pblica nacional
deba enviarle al finalizar el ao todo documento producido en un
"inventario prolijo y por duplicado". A casi dos aos de su creacin,
tambin se resolvi posponer el Archivo hasta tanto el tesoro nacional
estuviera "ms desahogado".
Dicho
esto, hay que subrayar la intencin poltica de institucionalizar la
comunicacin y memoria nacionales que estuvo por detrs de la creacin de estos
organismos, aunque fuesen suprimidos. La problemtica de la nacin estuvo en el
centro de los intercambios materiales y simblicos que se pretenda apuntalar.
La voluntad nacional quedaba as configurada como norma poltica. La produccin
y circulacin de informacin fue considerada como un elemento estructurador del
orden sociopoltico.
Como
anticipamos, ello no fue slo as para las autoridades de la Confederacin sino
tambin para sus sucesoras, quienes buscaron capitalizar el acervo de ideas,
informacin y prcticas que all se haba forjado. Tanto la dinmica del
funcionamiento poltico e institucional como la actuacin de su personal
poltico, fueron entonces consideradas de utilidad para la nueva etapa de conformacin
estatal nacional —ahora bajo la hegemona de Buenos Aires— iniciada
en 1862. Parte importante del personal poltico de la Confederacin continu
ocupando una banca legislativa u otros puestos de la administracin nacional.41 Pensamos entonces que dicho
personal fue un nexo importante —y tal vez imprescindible— entre
ambos periodos.
En
este caso, el nuevo presidente Bartolom Mitre orden que la documentacin que
se haba recabado durante la vigencia del Archivo —as como el resto de
la existente en Paran— fuese trasladada a Buenos Aires tras la derrota
de la Confederacin por las fuerzas porteas en la batalla de "Pavn".42 Una situacin similar se produjo
respecto de la labor desarrollada en el mbito estadstico y en el de la
justicia federal.
El
Departamento de Estadstica, que se haba creado en Paran en 1856, fue
unificado con la Oficina de Estadstica Nacional por decreto presidencial en
abril de 1864. Se nombr adems como su director a Damin Hudson, quien en la
Confederacin haba desarrollado mltiples funciones judiciales y
administrativas (entre otras, en la propia Aduana de Entre Ros).43
El
fin principal del organismo haba sido efectuar el censo nacional, que era otro
de los requerimientos constitucionales. El gobierno envi una circular
sealando los procedimientos para realizarlo a principios de 1857. Los
gobernadores deban nombrar comisiones de tres a cinco personas compuestas por
ciudadanos idneos mientras que todos los gastos seran costeados por el tesoro
nacional. Precavido de las dificultades presentadas hasta entonces en otras
reas, el Departamento dio un detallado instructivo que revel la falta de
confianza del gobierno en la respuesta positiva de la poblacin al censo.
Se
alert sobre el cuidado que se deba tener en preguntar y en aclarar sus buenas
intenciones, que no eran recaudar dinero ni reclutar para el ejrcito sino slo
cumplir en toda su magnitud "con su alta misin administrativa" cuyo
punto de partida era el censo. Adems, se busc que la sociedad se sintiera
integrada en la tarea, sealando que este les permitira elegir a los
representantes que canalizaran sus demandas en el Congreso nacional.44
Las
dificultades que se tuvieron muestran los lmites de dicha cooperacin. La
mayora de la poblacin se opuso a responder a los cuestionarios mientras que
los gobernadores manifestaron no contar con agentes suficientes para que
actuasen en las comisiones. Ello no slo produjo demoras en su realizacin sino
que, adems, provincias como San Juan, Jujuy, Salta y Catamarca directamente no
lo efectuaron.
Finalmente
en 1858 se resolvi suprimir las mesas de estadstica provinciales por la
"esterilidad de los datos" enviados por las provincias a la mesa
central de Paran. Sin embargo, se decidi mantener a esta ltima y fortalecer
su actividad, la que, como anticipamos, sirvi de base a la organizacin
futura. Y es importante considerar adems que la experiencia del censo de 1857
sirvi para desarrollar el primer censo nacional en 186945 Mitre se sirvi tambin de la
experiencia de la Confederacin en materia de justicia federal. Tom la ley
orgnica de 1858 —que enseguida analizaremos— como base de la
sancionada en 1862 y tambin design a parte de su personal poltico en puestos
judiciales clave.46
El
diseo y la dinmica de la justicia federal haban sido adems funcionales para
la propia conformacin del orden poltico de la Confederacin. Anticipamos en
nuestra Introduccin que los estudios especficos sobre el tema soslayaron
dicha situacin. En este marco, no centraron su atencin en que la legislacin
sancionada en materia judicial fue parte de la puja de poder entre las
provincias que se dio al interior del Congreso nacional. Tampoco analizaron la
retroalimentacin y contribucin de dichas provincias al sistema judicial ni el
accionar concreto que tuvo la Cmara Superior de Justicia —que supli a
la Suprema Corte de Justicia— y sus vnculos con los otros dos poderes
estatales nacionales47
En
la disposicin de los gastos nacionales el Ministerio de Justicia, Culto e
Instruccin Pblica altern el tercer y cuarto lugares con el de Hacienda,
recibiendo cada uno un promedio de alrededor de 15% del total. Por el contrario
al Ministerio de Hacienda le correspondi 44% de lo legislado. Sobre el punto
no es necesario aclarar que poder estabilizar la precaria situacin econmica
era imperioso para la viabilidad federal. Los recursos econmicos eran
indispensables para asentar los mecanismos de dominacin y de administracin
nacional que se pusieron en marcha.48
Por
su parte, 37 leyes —que representaron 13% de lo legislado—
apuntaron a las tres reas del Ministerio de Justicia, Culto e Instruccin
Pblica. Instaurar la justicia federal era crucial para la implantacin
prctica de la Constitucin nacional que, como sealamos, haba instituido un
equilibrio entre los poderes estatales. Los principales pasos tendentes a tal
fin fueron la sancin de la ley sobre "abogados nacionales" en 1855
—que segn la Constitucin nacional eran quienes deban integrar la
justicia federal— y la ley orgnica de 1858.
Por
entonces, los legisladores reflexionaron sobre un conjunto de temas
articulados. Los mismos pueden researse en la necesidad de lograr consenso
para conformar a la justicia como el tercer poder estatal y de limitar sus
funciones, en su poder moderador frente a la poblacin, en su papel para la
unificacin poltica y en la importancia de su funcin de control de los otros
poderes estatales.
En
el caso de la ley sobre "abogados nacionales", las tensiones
polticas entre las propias provincias se hicieron muy visibles. La misma
estipul que no era necesario contar un grado universitario para ejercer dichos
cargos. Muchos cordobeses vieron resentida su condicin de abogados diplomados
y, a la vez, se mostraron preocupados porque la Universidad de Crdoba
—que haba sido nacionalizada en mayo de 1854— perdiese
legitimidad. Por ello intentaron que la ley no fuera sancionada.
Los
legisladores que por el contrario votaron a su favor —y lograron que su
postura prevaleciera— consideraron como una "embestida" la
postura de los representantes de Crdoba contra las provincias del interior.
Estas ltimas no contaban con su misma tradicin administrativa ni con recursos
para afrontar la formacin universitaria de su personal, pero tenan sus mismos
derechos y atribuciones.49
Y
dicha postura transparenta que el Congreso fue pensado como una institucin
federal que no deba reconocer particularismos ni favoritismos provinciales.
Adems, en dichos debates los legisladores actuaron como un elenco no
diletante. Y ello no fue as slo con motivo de este tema, sino tambin en lo
que respecta a los dems conjuntos normativos. Sealamos, por ejemplo, en el
apartado anterior, que tomaron la usanza de otros pases para oponerse al veto
que el poder ejecutivo intent hacerle a la ley sobre los permisos para ocupar
cargos a su servicio de 1857.
En
efecto, los legisladores argumentaron y discutieron con base en la conformacin
institucional y poltica de la primera mitad de siglo pero tambin en la
legislacin provincial y en las doctrinas nacionales e internacionales
contemporneas y en las prcticas parlamentarias de otros pases como Chile,
Uruguay, Brasil, Francia, Estados Unidos e Inglaterra.50 La construccin del Estado
nacional llev entonces a que el personal poltico se reconociera y actuara en
la modernizacin estatal. Y que en dicho acontecer acumulara profesionalismo en
el campo de la poltica y de la gestin de las instituciones estatales.
Por
otra parte, pese a que la ley orgnica no pudo implementarse, la justicia
federal fue parte del reparto de cargos implementado para seleccionar e
integrar a las elites provinciales al Estado nacional. Y, por ende, oper en la
prctica como un elemento efectivo de conformacin de solidaridades polticas.51
Por
citar un ejemplo. De los 22 abogados residentes que la provincia de Crdoba
inform tener en 1854, casi un tercio pas luego a desempear cargos en la
administracin nacional. El estudio de Pavoni ha
mostrado que el poder judicial estuvo muy condicionado en la provincia por los
enfrentamientos entre los otros dos poderes y por la injerencia de los
gobernadores.52
En
el marco de las designaciones polticas para los cargos judiciales que se
sucedieron en el periodo, se origin un reclamo a la justicia federal de un
camarista provincial removido de su cargo a finales de 1854. Si bien el
conflicto remita al contexto poltico cordobs, el camarista consider que era
la Corte Suprema de Justicia quien deba resolver el asunto.
Finalmente,
el Congreso y el ejecutivo nacional afirmaron por medio de una ley no tener las
competencias suficientes como para resolver el asunto porque los tribunales
federales an no estaban en funcionamiento. Pidieron previamente explicaciones
al gobernador cordobs, quien inform que la remocin haba sido legal porque
el carcter de su cargo era interino y que la legislatura estaba de acuerdo.53
Aunque
el caso no tuvo resolucin en el periodo, lo interesante es que el camarista
cordobs haba librado la resolucin del asunto a la Corte Suprema de Justicia.
Y ello revela una demanda temprana de la intervencin activa de la justicia
federal para dirimir un conflicto provincial. La justicia federal comenz as a
ser reconocida por las provincias como un rbitro de poder externo. Gestos como
el del camarista cordobs que acabamos de citar, tuvieron lugar en diversas
ocasiones.
Al
elevar casos conflictivos para su resolucin, se dieron argumentos contundentes
en este sentido. Como ilustracin vale la pena citar, entre los disponibles,
uno que es de suma importancia para visualizar la manera en que la pertenencia
a una entidad poltica-judicial mayor iba calando en los sistemas polticos
provinciales. Las provincias apelaron en este caso a la justicia federal ante
posibles problemas que pudieran surgir con sus funcionarios judiciales y no
para dirimir un conflicto puntual.
En
mayo de 1856, Jujuy, Salta y Tucumn celebraron un tratado con la voluntad de
"unirse en un solo crculo o distrito judicial" y de incorporar en
este a Santiago del Estero y Catamarca. Esta ltima provincia acept
conformarlo porque al igual que las dems, entenda que era til y conveniente
para sus propios intereses (sobre todo econmicos).
La
propuesta era crear, sobre la base de las atribuciones del artculo 104 de la
Constitucin nacional —que permita a las provincias celebrar tratados
parciales para fines de administracin de justicia y otras materias— un
Tribunal Superior Comn de Justicia, que resolviese, en ltima instancia, todas
las causas civiles y criminales de sus jurisdicciones. Y que sometiera
—por va de prrroga de jurisdiccin—, las causas de
responsabilidad contra los miembros del Tribunal a la Corte Suprema de
Justicia.
Pese
a que el tribunal funcion por poco tiempo, acciones de este tipo realzaban y
daban sustancia al carcter federal de la formacin estatal. Es interesante ver
que las provincias proyectaron que la asociacin entre ellas en primer lugar y
luego con una institucin nacional, era positiva para sus propios intereses.54
Y
ello no llama la atencin si se tiene en cuenta el precario estado de sus
administraciones. Aludimos ya a la preocupacin por recibir subsidios por parte
del gobierno nacional y a la carencia de abogados. A ello se sumaba la falta de
independencia de los funcionarios judiciales y las limitaciones en el ejercicio
efectivo de la justicia, que apuntamos para el caso de Crdoba, pero que
tambin fue sealada una y otra vez en los distintos espacios provinciales.55
Asimismo,
debe ser destacado que la clave regional que se plante en la conformacin del
tribunal de las provincias del norte no era propia de la dcada. Se proyect
una prctica anterior de institucionalizacin de vnculos y referencias
regionales, que se haba materializado entre estas provincias en alineaciones
como el "Protectorado de Heredia" en los treinta y la "Coalicin
del Norte" de 1840.56
En
este sentido, la conformacin del tribunal se vio facilitada porque tanto los
gobernadores de las provincias signatarias como sus representantes no eran
personas ajenas a la vida poltica nacional ni provincial. Y aqu vislumbramos
un caso concreto de la reorientacin por parte del personal poltico de su
experiencia e informacin forjadas durante la primera mitad del siglo al
servicio de la Confederacin.57
Lo
novedoso del caso analizado pareca residir entonces en la solicitud de que la
Corte Suprema de Justicia entendiese en las causas de responsabilidad contra
los miembros del tribunal y, por ende, en la funcin integradora y reguladora
dada a la justicia federal. Con respecto a esto ltimo, el anlisis del debate
que tuvo lugar en el Congreso con motivo del permiso que se le solicit para
conformar el tribunal, ilustra tambin sobre la relacin efectiva entre los
poderes estatales.
All,
los legisladores manifestaron no tener la competencia suficiente para expedirse
sobre el accionar del poder judicial.58 Luego de una votacin ajustada —en
principio empatada y luego definida por dos votos—, el Congreso decidi
aprobar la conformacin del tribunal, pero neg la atribucin conferida a la
Corte Suprema de Justicia de entender sobre la responsabilidad de sus miembros.
Creyeron
que dar dicha atribucin resentira a las soberanas provinciales al no estar
contemplada la situacin por la Constitucin nacional. Y que sera adems
injusto, dada la objecin que se les haba hecho a algunas provincias de que
los miembros de sus respectivas Cmaras de Justicia fueran juzgados por la
Corte Suprema. Deban como dirigentes estatales mostrarse
"escrupulosos" en todos los casos y no tener favoritismos.
La
relacin esbozada en este ejemplo, en particular entre los poderes estatales y
entre las esferas nacional y provincial, tuvo en otros casos que hemos podido
reconstruir distintos pormenores y vicisitudes. Las ambigedades provocadas por
el complejo funcionamiento de la justicia federal, con una Cmara Superior de
Justicia que supla a la Corte Suprema pero que no tena sus mismas
atribuciones constitucionales,59 una ley orgnica sin implementacin, el peso
de las prcticas polticas pasadas que dificultaron la racionalidad
administrativa60 y con escasos recursos econmicos que
impedan corporizarla, dejaban al ejecutivo nacional la posibilidad de
intervenir en los asuntos contenciosos que enfrentaban a las provincias. Y
claro, tambin, de valerse de dicha situacin para obtener rditos polticos.
A
diferencia del caso del camarista cordobs donde el ejecutivo (y el Congreso)
directamente aludi a la falta de instalacin de poder judicial federal, en
otras situaciones intervino activamente y legitim su accionar en las
recomendaciones de la Cmara Superior de Justicia, que actu en solidaridad con
sus demandas.61
Pero
el juego poltico que surgi en la resolucin por parte de dicha Cmara de los
pocos casos de los que disponemos datos, no revel slo relaciones de
connivencia sino tambin de tensin entre los poderes estatales. En efecto, los
miembros de la justicia federal no estuvieron siempre bajo estricta rbita del
poder ejecutivo nacional sino que, incluso, se mostraron recelosos cuando se
sintieron privados en sus atribuciones.62
Para
finalizar resulta interesante recuperar el mbito de las relaciones exteriores.
Como anticipamos, las autoridades pensaron que una de las maneras de fortalecer
el poder estatal se lograra por el reconocimiento de su soberana. El
Ministerio de Relaciones, sin embargo, fue el que menos dinero recibi en todo
el periodo, con porcentajes que no superaron 4% del presupuesto. En complemento
con ello, 10% del total de las leyes sancionadas se orient a reglar los
vnculos con las potencias extranjeras, especialmente a ratificar tratados de
comercio, amistad y libre navegacin.
El
poco dinero presupuestado fue acorde al diseo dual que se estableci. Se
instalaron pocas legaciones permanentes en el exterior —la de Alberdi en
Europa, una en Chile y otra en Montevideo— a las que se sum en cambio
una densa red de consulados. Se instalaron as en la Confederacin cnsules y
agentes comerciales de varios pases europeos y americanos, cuyo accionar estuvo
coordinado por oficinas administrativas del ministerio.
Estas
medidas no fueron suficientes para lograr los fines propuestos. A pesar del
reconocimiento que logr Juan Bautista Alberdi de la Confederacin como Estado
independiente por parte de las principales potencias europeas, no se obtuvo un
apoyo internacional eficiente. Adems, los agentes extranjeros acostumbrados a
otro estilo de vida prefirieron residir en Buenos Aires que en Paran.63 En su correspondencia privada
Alberdi narr las peripecias de su actividad. Sus cartas remiten a reclamos de
diversa ndole: falta de informacin sobre la situacin nacional, de
instrucciones para su labor y de personal de apoyo para realizarla. Todo lo
cual vea de peor manera en un plano comparativo con el protocolo de las cortes
europeas.64
Terminar
este trabajo con la descripcin de Alberdi no resulta circunstancial. Como
advertimos, la experiencia social, poltica y cultural lo haba llevado hacia
1852 a una reformulacin entre la teora y la prctica republicana y federal.
Afirm que la repblica reconoca muchos grados y se prestaba a las exigencias
de la edad y del espacio. Por esta concepcin haba esbozado una compleja
articulacin entre los poderes estatales y propuesto una serie de elementos que
permitiran culminar el trnsito hacia una "repblica verdadera".65
En
definitiva, consideramos que durante el periodo se fue materializando la
"repblica posible" que Alberdi haba definido. En la Confederacin
se establecieron relaciones e instituciones que fueron integrando a las
provincias en un sistema de poder nacional.
Conclusiones
La
descripcin que hemos realizado en este trabajo es en gran medida ilustrativa
de la conviccin de las autoridades nacionales de que la modernizacin
poltica, social y econmica era imposible sin un entramado jurdico e
institucional que la sustentase. Tuvieron como objetivo conformar un nuevo Estado
y para ello gestionaron un proceso de transformacin que encontr serias
dificultades polticas, econmicas y sociales al momento de su implementacin.
Se
debi lidiar con las necesidades y urgencias que le planteaba su ajuste a la
realidad de la Confederacin. Los principales obstculos fueron la falta de
recursos econmicos y humanos y de hbitos y prcticas, dada la reciente
conformacin estatal. Este andamiaje fue entonces mucho menos exitoso de lo que
algunos autores —centrados ms en describirlo que en atender a su
ejecucin— sealaron.66
De
hecho, a diferencia de los estudios especficos sobre el periodo, en este trabajo
centramos nuestra atencin en la convergencia de las dinmicas provincial y
nacional para explicar esta trama poltica e institucional. Revelamos que las
provincias y sus representantes fueron protagonistas activos del proceso. Dicha
situacin se hizo claramente visible a partir del diseo y funcionamiento que
tuvieron el Congreso nacional, y subsidiariamente, la justicia federal y
algunos de los principales organismos estatales.
Las
provincias hallaron en el Congreso un marco institucionalizado en el cual
pudieron construir y ejercer su poder; impulsaron all sus dificultades, ideas
e intereses propios. Advertimos que los legisladores ajustaron sus deberes y
atribuciones a los de los otros dos poderes estatales. Las situaciones
descritas dejaron al descubierto que la divisin de poderes surgi como
producto de una decisin poltica. No siempre hubo relaciones de connivencia
sino tambin de tensin entre estos. Y dicho ajuste de atribuciones fue
modelando una dirigencia nacional.
Mostramos
que los ideales e injerencia del poder ejecutivo nacional se conjugaron con el
pragmatismo poltico y los intereses de las elites polticas provinciales y de
los legisladores. En este marco, revelamos los problemas concretos que se
tuvieron en la aceptacin por parte de las provincias del funcionamiento de los
rganos administrativos estatales. Sealamos adems que ello afect el propio
funcionamiento institucional del Congreso, por la falta de personal
administrativo que agilizara su labor y por las dificultades en conformar el
qurum legal para sesionar. Y, tambin, referimos a los problemas existentes en
la instauracin de la justicia federal.
Sin
embargo, ello no supuso que la Confederacin estuviera reducida a un estado de
falencia institucional como se ha postulado,67sino que las provincias tuvieron
registro de que haba instituciones estatales que las contenan; la
Constitucin nacional y el Congreso y la justicia federal les interesaron.
Fueron mbitos de cristalizacin de conflictos y de juegos, alianzas polticas
provinciales y nacionales.
La
Confederacin fue la primera parte de un proceso de formacin estatal que
encontr un acto final hacia 1880, cuando con la federalizacin de la ciudad de
Buenos Aires fue disminuyendo la preeminencia que haba tenido la provincia de
Buenos Aires desde 1820 en el concierto nacional.68 En efecto, aunque los organismos
e instituciones estatales no pudieron ganar en la solidez que las autoridades
esperaban lograr, resulta notable que las cuestiones expuestas en este artculo
remiten a un sugestivo grado de cohesin y de referencialidad al espacio
nacional.
Fue
grande el esfuerzo por construir una estructura estatal centralizada y
modernizante, aunque no se tuvieron los recursos ni el tiempo
suficientes para terminar de institucionalizar los rganos del Estado
requeridos para desarticular ms de 30 aos de funcionamiento provincial
autnomo. Tampoco fue exitoso el intento de construir un Estado con direccin
poltica en Entre Ros. Pero las provincias comenzaron a entenderse y a
asumirse en una forma federal y republicana y las autoridades a construirse en
una dirigencia poltica con proyeccin nacional.
Lo
principal fue que, en este devenir, el juego institucional fue reconocido y se
fue imponiendo como una forma de articulacin poltica. Por ello pensamos que
la nacin se fue emplazando como la base de la accin y la legitimidad poltica
y los dirigentes se fueron identificando con la estructura estatal nacional que
ellos mismos construan.69 Y consideramos, en definitiva, que todo ello
revela la importancia y funcionalidad que tuvo el periodo de la Confederacin
en el camino de la profesionalizacin poltica y de la materializacin de una
soberana nacional.
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1 El
registro social de la poltica fue ampliado con abordajes que contemplaron,
entre otras cuestiones, el anlisis de sectores intermedios y subalternos, los
campos "informales" de la poltica y los mbitos de sociabilidad y
que se abocaron a la revisin tanto de las trayectorias doctrinarias y las
representaciones como de las prcticas y las redes de relaciones polticas y
personales de los actores. Entre otros, Palacios (coord.),Ensayos, 2007,
y Carmagnani (coord.), Federalismos, 1993.
2 Entre
otros trabajos del autor, Chiaramonte, Nacin, 2004.
3 Especialmente
desde su segundo gobierno en Buenos Aires entre los aos 1835 y 1852, Juan Manuel
de Rosas, utilizando sus atribuciones de gobernador y las de delegado de las
relaciones exteriores de las restantes provincias, haba logrado inhibir la
creacin de un sistema poltico que se situase por encima de las soberanas
provinciales. Pese a ello, la sancin del "Pacto Federal" en 1831 dio
base jurdica a una Confederacin que enlaz a las provincias en un orden
poltico perdurable hasta 1852. El poder de Rosas encontr resistencias que
finalmente precipitaron su derrota. En efecto, la acentuacin del control
poltico y su poltica econmica y fiscal (que entre otras medidas suprimi la
libre navegacin de los ros y, por ende, obstaculiz las operaciones directas
con el exterior) provoc el descontento de diversos sectores. En 1851 Urquiza
proclam un "Pronunciamiento" por el que Entre Ros retir su
delegacin de las relaciones exteriores en Rosas y deline un programa a
seguir: sostener principios programticos y crear y fomentar instituciones
tutelares. En el mismo ao se form el "Ejrcito Grande" que
finalmente derrot a Rosas en la batalla de "Caseros" en febrero de
1852. El periodo 1852-1862 es conocido entonces como la
"Confederacin" pese a haberse conformado un Estado federal, en
adelante utilizamos el trmino sin comillas. A finales de 1861 la Confederacin
fue derrotada por las fuerzas porteas en la batalla de "Pavn" y,
meses despus, Bartolom Mitre asumi la presidencia, dando inicio a una nueva
etapa de conformacin estatal bajo la hegemona de Buenos Aires.
4 Gonzlez, Civilidad, 2000;
Lettieri, Construccin, 2006, y Garavaglia, Construir, 2007.
5 Entre
los primeros: Scobie, Lucha, 1964; Gorostegui, Organizacin, 1972; Pez, Derrumbe, 1984;
Angueira,Proyecto, 1989,
y Oszlak, Formacin, 1997. Entre los
segundos: Ruiz, Centenario, 1952; Macchi, Primera, 1979,
y Bosch, Urquiza, 1980.
6 El
enfoque que asumimos es tributario de las nuevas miradas sobre el periodo
1852-1880 desarrolladas en los ltimos aos. Desde una variedad de
especificidades locales/provinciales interesantes estudios atienden a la forma
en que el proceso de construccin estatal nacional afect el desarrollo de las
provincias y recprocamente, a la medida en que los intereses de las elites
provinciales fueron contemplados en las estrategias de las autoridades
nacionales. Por la amplia produccin, nos permitimos citar slo la obra de
reciente aparicin Bragoni y Mguez
(coords.), Nuevo, 2010 y un balance
crtico en Mguez, "Gestacin", 2012.
Asimismo debe ser advertido que algunos trabajos recientes han sealado los
avances en la conformacin estatal nacional del periodo: Buchbinder, Caudillos, 2004;
Garavaglia, "Rentas", 2010, y Mega,
"Confederacin", 2010.
7 Esre artculo constituye una sntesis de algunos problemas
tratados en los captulos 2 y 4 de mi tesis doctoral, Lanreri,
"Ideal", 2011, dirigida por los doctores Valentina Ayrolo y Eduardo Jos Mguez.
Agradezco los valiosos comentarios realizados por los evaluadores annimos de
la revista.
8 Los
autores referidos son Bosch, "Poder", 1964;
Zavala, Historia, 1920, y Gorosregui, Organizacin, 1972.
9 Al
hacerlo dict un manifiesto a "los pueblos de la Confederacin" donde
los diputados dieron cuenta de la obra realizada y manifestaron su fe en un
futuro bajo la "obediencia absoluta a la constitucin". Cmara de
Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. I, segunda parte, pp.
1147-1150.
10 Alberdi, Bases, 1991-
Para un anlisis de su pensamiento vase especialmente Canal, Constitucin, 1986;
Roldn, "Cuestin", 2010, y Goldman (ed.), Lenguaje, 2008.
11 Los
condicionamientos econmicos y de edad, las fuentes de legitimidad y la
duracin de los cargos difirieron entre senadores y diputados. El Senado representaba
a las elites provinciales mientras que la soberana popular quedaba expresada
en la Cmara de Diputados. Los senadores eran elegidos por las legislaturas
provinciales a pluralidad de sufragios, deban tener 30 aos de edad, haber
sido seis aos ciudadanos de la Confederacin y poseer una renta anual de 2 000
pesos y permanecan nueve aos en sus puestos. Los diputados eran elegidos por
eleccin directa, deban tener 25 aos de edad y cuatro aos de ciudadana en
ejercicio, duraban cuatro aos en sus cargos y se renovaban cada dos aos por
mitad.
12 Entre
algunas de las obras de referencia ineludible sobre el tema se encuentran Sabato, Ciudadana, 1997, y Annino, Historia, 1995.
13 El
gobierno nacional estuvo especialmente preocupado por dejar una buena impresin
en las provincias de lo realizado en el Congreso. El vicepresidente inst a los
senadores a que estuvieran bien informados de todos los asuntos y que los
despachasen con rapidez antes del cierre de las sesiones "para que los
pueblos viesen que a pesar del poco tiempo que haban funcionado las Cmaras lo
haban sabido aprovechar". Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937,
t. II, p. 97.
14 Datos
en Miguel Daz de la Pea a Juan Mara Gutirrez, Tucumn, 19 de agosto de
1854, y Juan del Campillo a Juan Mara Gutirrez, Crdoba, 1 de agosto de
1854, ambas en Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo,1981, t. IV, p.
67 y t. III, p. 54, respectivamente.
15 Para
ser legislador nacional no haba requerimientos de nacimiento ni residencia en
las provincias a representar. Hemos tratado el problema de la representacin
poltica en Lanteri, "Unos", 2011.
16 Dicho
qurum fue bastante reducido durante el periodo. Como muestra valga citar que
en 1857 el Senado sesion con un promedio de casi siete senadores menos de la
composicin reglada por la Constitucin nacional mientras que, en 1861, lo hizo
con poco ms de diez menos. Y la Cmara de Diputados con cifras ms parejas: en
1857 con un promedio de 11.13 diputados y en 1861 de 12.12 menos que lo
estipulado.
17 Algunos
testimonios de personas que quisieron ser legisladores durante el periodo en de
Wenceslao Daz Colodrero a Juan Gregorio Pujol,
Paran, 19 de agosto de 1859; de Juan de Dios Usandivaras
a Juan Mara Gutirrez, Salta 8 de mayo de 1855 y de Salvador Mara del Carril
a Manuel Taboada, Paran, 20 de noviembre de 1857; Taboada, Taboada, 1937,
t. in, pp. 274-275; Pujol, Corrientes, 1911, t. ix, y
Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo, 1981, t. IV.
Algunos ejemplos del personal poltico cuyas trayectorias estudiadas en mi
tesis doctoral revelan la ampliacin del rango de influencia de sus familias y,
en este marco, la participacin de algn miembro de estas o de ellos mismos en
el Congreso: Toms Guido, Facundo Zuvira, Juan del
Campillo, Benjamn Victorica, Ramn Gil Navarro, Jos
Roque Funes y Domingo Navarro. Los Snchez de Bustamante (analizados por Paz,
"Gobierno", 2003) y los Gonzlez (analizados por Bragoni, Hijos, 1999)
son otros casos ilustrativos. Botana seal tempranamente —en especial
respecto del periodo abierto en 1880- que la participacin en el Congreso daba
la posibilidad de favorecer el ingreso de parientes y aliados polticos en la
administracin nacional en expansin. Botana, Orden, 1977.
18 Los
reglamentos y la discusin sobre la "leguada"
en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. II, pp.
246-291, y t. IV, pp. 298-299. respectivamente.
19 En
adelante el documento del veto y las discusiones en Cmara de Diputados de la
Nacin, Poder, 1937, t. III, pp. 654-661.
20 Conviene
referir aqu a los procedimientos pautados. Al igual que en Estados Unidos, el
trabajo del Congreso se organiz en comisiones. Ellas eran en la Cmara de Diputados
las de Negocios Constitucionales y Legislacin, Cuito e Instruccin Pblica,
Peticiones y Negocios Extranjeros, Guerra y Marina y Hacienda. Y, en el Senado,
las de Guerra y Marina, Hacienda, Interior y Peticiones y Negocios
Constitucionales. Aprobado un proyecto de ley por la Cmara de su origen,
pasaba a la discusin de la otra Cmara —que haca las veces de
revisora— y, una vez aprobada por ambas, pasaba a examen del poder
ejecutivo nacional. Si este lo aprobaba la promulgaba como ley. Caso contrario
—es decir si era vetada por el ejecutivo— pasaba a nuevo examen de
ambas Cmaras y si nuevamente era aprobado por dos tercios en cada una de
estas, la ley se promulgaba igual. Pero, si ante el veto presidencial, el
proyecto volva a la Cmara de origen y lo rechazaba o lo aprobaba pero no
ocurra lo mismo con la Cmara revisora, la ley no poda ser vuelta a tratar
durante todo el periodo legislativo. La comisin redactora de la Constitucin
nacional afirm al respecto en su informe de 1853 que "su mente haba sido
establecer una especie de equilibrio entre ambos poderes en lo tocante a la
ejecucin y sancin de las leyes". El artculo conceda al ejecutivo un
veto pero limitado, puesto que un proyecto de ley que l rechaza, aun poda ser
sancionado y ejecutado sin su asentimiento. Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937,
t. I, segunda parte, p. 943.
21 En
adelante, las discusiones consltense en ibid.,t. II, pp. 1150-1191.
22 Segn
los reglamentos internos, el personal de cada Cmara deba, entre otras
actividades, mantener el aseo y el orden del recinto, reproducir las
discusiones, cuidar el archivo, recibir los pedidos y notas de legisladores y
del ejecutivo nacional y mantener el orden pblico en la sala en el momento de
las sesiones. En especial, no se pudo contar con taqugrafos que desarrollaran
su actividad —que era transcribir las discusiones y enviarlas para su
impresin— con regularidad hasta los ltimos periodos legislativos. Ibid., t. II, pp. 157-160, 246-291 y
301.
23 Hemos
desarrollado este punto en Lanteri,
"Conformacin", 2010, y "Provincias", 2011.
24 La
Constitucin nacional haba establecido que el poder ejecutivo nacional estaba
encargado de confeccionar los presupuestos nacionales y sujetarlos a aprobacin
del Congreso. Junto con ellos, los ministros de cada ramo deban adjuntar una
memoria de su accionar del periodo legislativo anterior. El nexo entre poltica
y economa en torno a la elaboracin de los presupuestos ha sido analizado por Carmagnani para el caso mexicano. Los valores materiales
del gasto pblico podan transformarse en valores inmateriales perseguidos al
nivel de derecho, potencia, representacin exterior, justicia, cultura y
prosperidad econmica de sus ciudadanos. Carmagnani, Estado, 1994,
especialmente pp. 56-66.
25 De
Juan del Campillo a Juan Mara Gutirrez, Paran, 23 de abril de 1857, en
Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo, 1981, t. IV, p.
282.
26 All,
los ministros se negaron a rendirles cuentas a los legisladores, cuando fueron
cuestionados sobre situaciones que crean estrictamente relativas a sus
atribuciones constitucionales (tales como subdividir el trabajo presupuestario
en reas para agilizarlo). Y luego de un intercambio de palabras se reararon
con lo que el Congreso dio por finalizada la interpelacin. Interpelacin en
Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. III, pp.
80-108.
27 Por
citar otros ejemplos. Los legisladores buscaron mejorar la situacin edilicia
del Congreso y su propia formacin erudita y labor legislativa. Decidieron
sancionar una ley en 1859 que incorpor una partida para la compra de libros
para formar una biblioteca del Congreso, pero el poder ejecutivo nacional
decidi realizar un nuevo veto. Adujo que la inversin de la suma era su
atribucin exclusiva y que era ms urgente atender otros ramos administrativos.
El Congreso opt por rechazarlo, por lo que la biblioteca se inaugur unos
meses despus. Por otra parte, en ocasin de un pedido de crdito suplementario
en 1859 para cubrir los gastos de las legaciones enviadas a Roma, Brasil y
Paraguay, los legisladores se quejaron de no haber sido comunicados sobre ello.
Y cuando recin aprobaron el crdito el ministro del ramo fue a darle las
debidas explicaciones al Congreso. Ibid., t.
III, pp. 672-679.
28 En
efecto, las sucesivas medidas tendentes a revertir la precaria siruacin econmica fueron inviables. La bancarrota de los
ingresos genuinos, la falta de crdito pblico de la Confederacin y los
emprstitos tomados con enormes intereses, evidenciaron la incapacidad para
sostener la administracin de gobierno. Una sntesis sobre los avatares del
sistema econmico en Schmit, Historia, 2008,
pp. 152-160. Sobre los subsidios vase Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937,
t. rv, especialmente p. 496.
29 Una
sntesis de las trayectorias pblicas y privadas individuales y familiares, de
las redes de relaciones y de las cualidades y atributos de poder de dicho
personal en Lanteri, "Confederacin", 2013.
La reconstruccin fue realizada con base en diccionarios histricos, listados
militares, registros oficiales y bibliografa que por cuestiones de espacio no
son citados. Valga como muestra que sobre los 149 legisladores que actuaron
entre 1854 y 1861, antes de 1852, al menos 105 haba desarrollado actividades
al servicio de diversos gobiernos provinciales y, entre ellos, 50 formaron
parte de Legislaturas, cinco fueron gobernadores entre 1840 y 1852 y/o quince
fueron diputados al Congreso General Constituyente (1852-1854). Entre 1854 y
1861, ms de la mitad de los congresistas actu en los gobiernos provinciales
—entre ellos al menos 27 fueron ministros de gobierno y/o 21 fueron
gobernadores- mientras que 20 cumplieron funciones ministeriales nacionales, al
menos un nmero igual form parte del ejrcito nacional, diez fueron miembros
de la Suprema Corte de Justicia y/o 42 cumplieron diversas misiones o empleos
al servicio del ejecutivo nacional pata los que debieron obtener permiso desde
1857. Finalmente cabe set destacado que ms de 40% fueron comerciantes y/o
hacendados.
30 Cierto
es que pese a que hemos triangulado una amplia gama de legajos ditos e inditos de diversa ndole —y que existe un
importante reservorio para el estudio del periodo—, el incendio de
parte del archivo de la Confederacin y la disgregacin de material en las
distintas provincias, nos impide respaldar algunos de nuestros argumentos con
una mayor prueba documental. Existen fuentes incompletas o nicas para abordar
algunos problemas, tal es el caso de la justicia federal que analizaremos
luego, donde no contamos por ejemplo con un registro completo de la actividad
de la Cmara Superior de Justicia que, como veremos, supli en el periodo a la
Corte Suprema de Justicia. Por otra parte, pese a la abundanre
e interesante produccin hisroriogrfica sobre las
provincias a la que referimos, algunas de ellas aguardan an un estudio
pormenorizado que nos facilitara un examen ms fluido de los problemas que nos
ocupan.
31 Merino, Gobierno, 1998;
Escalante, Ciudadanos, 1992, y Carvalho, Construido, 2007.
32 Responder
al complejo y sugerente interrogante —planteado por uno de los
evaluadores annimos del artculo— de por qu las provincias aceptaron un
espacio nacional cuya utilidad y eficacia al menos inicialmente no era clara,
desde ya excede las posibilidades de este trabajo. Agradecemos dicha
advertencia y las interesantes problemticas clave que nos fueron sugeridas.
Planteamos respecto de ello slo algunas reflexiones.
33 Estas
ideas en Mguez, "Gestacin", 2012, pp.
4-5.
34 Sobre
este punto me permito citar nuevamente Lanteri,
"Confederacin", 2013.
35 Como
me ha sealado en el referato uno de los evaluadores,
resta realizarse en este mateo una explicacin ms cabal sobre la respuesta a
dicho proceso modernizador, ya que el mismo inclua algunos aspectos
desfavorables para la propia poblacin que dichas autoridades representaban.
Por ejemplo, la recepcin de inmigrantes extranjeros que competiran con la mano
de obra local y seran beneficiados con el reparto de tierra y la exencin del
servicio de armas que pesaba sobre dicha poblacin local. Al respecto vase Djen-deredjian, Gringos, 2008.
36 En
adelante anlisis propio con base en datos y discusiones extradas de Cmara de
Diputados de la Nacin,Poder, 1937,
t. III, pp. 425-544, y t. IV, pp. 271-725. Antes de continuar sealamos dos
cuestiones. Por una parte, que nos referimos solamente a las leyes que fueron
sancionadas. No contemplamos entonces los 133 proyectos de ley que no fueron
aprobados. Por otro lado, debe ser aclarado que si tomamos como criterio las
leyes sancionadas ao tras ao y no su organizacin en funcin de los
ministerios nacionales es plausible establecer una subperiodizacin.
Sin perder el horizonte del conflicto con el Estado porteo, hasta 1859 el
Congreso estuvo orientado en buena medida a conformar una matriz institucional
para el nuevo Estado. Por su parte, entre 1859 y 1861 se produjo un
deslizamiento desde las leyes que apuntaban en su mayora hacia
"dentro" de la Confederacin a la preponderancia de las asociadas a
la lucha con el Estado porteo. La asuncin de Santiago Derqui
como presidente sucesor de Urquiza y los complejos vnculos entre ambos y con
el por entonces gobernador de Buenos Aires Bartolom Mitte
-y luego presidente entre 1862 y 1868- tieron el accionar legislativo. De las
89 leyes sancionadas en esos tres aos, quince se refirieron especficamente a
dicho conflicto y otras tantas apuntaron al fottalecimiento
econmico.
37 En
dicho Estado, tambin fue el Departamento de Guerra el que ocup el primer
lugar en gastos y en personal en todo el periodo. Garavaglia, Construir, 2007,
y "Rentas", 2010.
38 Registro
Oficial, 1879, t. III, pp. 415, 444 y 500.
39 Discusin
sobre el veto presidencial en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937,
t. III, pp. 651-654.
40 Registro
Oficial, 1879, t. IV, pp. 107 y 511.
41 Segn
el rastreo propio que realizamos, durante la presidencia de Bartolom Mitre
alrededor de 20% y en total entre 1862 y 1880 casi 32% de los legisladores del
Congreso de la Confederacin formaron parte del nuevo Congreso nacional. Datos
en Cmara de Diputados de la Nacin, Parlamento, 1948, pp.
296-411 y 418-447.
42 Biblioteca
de la Nacin, Pacificacin, 1911, t. X, entre otras, las pp.
90, 99 y 112. Tambin foment el traslado a Buenos Aires de Carlos Saravia,
secretario del Senado del Congreso de la Confederacin desde 1854, a quien se
consider el "archivo vivo y ambulante" de dicho recinto. En efecto,
continu oficiando como secretario del nuevo Congreso —del que ahora
participaba Buenos Aires- hasta su muerte en 1883. Semblanza en Mansilla, Retratos, 2005,
pp. 106-107.
43 Maeder, "Historia", 1968.
44 Registro
Oficial, 1879, t. III, p. 437.
45 Cmara
de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. rv,
p. 489, y Maeder, "Historia", 1968.
46 Datos
en Zavala, Historia, 1920, p. 56, y
Zimmermann, "Poder", 1998.
47 Para
un anlisis ms amplio de la justicia federal durante el periodo vase Lanteri, "Instituciones", 2011, y
"Justicia", 2008.
48 Entre
ellas, 40 estuvieron referidas a la sancin de los presupuestos nacionales
cuyas cifras estamos sintetizando y ms de 80 leyes orientadas a la
implantacin de un nuevo orden econmico-financiero. Se reglament todo lo
relativo a rgimen de aduanas interiores y penalizacin del contrabando,
emprstitos y bancos, contribucin territorial y derechos diferenciales al
comercio exterior, acuacin de monedas y uso del papel sellado, entre otros
rubros.
49 Cmara
de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. VI, pp. 25-41.
Academia Nacional de la Historia-Unin Acadmique Internationale, Memorias, 2005, p. 262.
50 Resulta
imposible sintetizar los numerosos argumentos que se dieron por ejemplo en las
ms de quince sesiones en que se trat la ley orgnica de 1858. Valga como
muestra que distintas voces se alzaron en contra del papel de
"custodio" de la Constitucin nacional que se le dio finalmente al
poder judicial, porque temieron su omnipotencia sobre los otros dos poderes.
51 Datos
de las designaciones en Archivo General de la Nacin (en adelante AGN), X,
Departamento de Justicia, Culto e Instruccin Pblica, 1854-1860, 42-7-11. La
ley sobre "abogados nacionales" tampoco pudo saldar el problema de la
escasez de abogados, que se extendi a las dcadas siguientes. Al respecto
vase Zimmermann, "Education",
1999.
52 Pavoni, Crdoba, 1993.
53 Cmara
de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. VI, pp. 51-55.
54 En
efecto, la iniciativa tuvo tambin buena recepcin en otros espacios provinciales.
As, un diputado nacional propuso al gobernador correntino hacer lo mismo entre
Santa Fe, Comentes y Entre Ros. Le inform adems que ya haba evaluado la
opinin entre sus pares y que era positiva. Incluso, afirm que haba podido
conversar con Urquiza al respecto, quien haba estado en total acuerdo. El
gobernador lo autoriz para accionar en dicho sentido, aunque finalmente la
iniciativa no se concret. De Vicente Quesada al gobernador Pujol, Paran, 12
de julio de 1856 y respuesta, en Pujol, Corrientes, 1911, t.
VI.
55 Por
ejemplo, el ministro de Gobierno de San Juan y diputado nacional por la
provincia comunicaba que "cada empleado exige y si no se le concede apela
a su arma favorita: una renuncia, y como los hombres son pocos y menos los capaces
y el gobierno dice amn", De Manuel Antonio Durn a Benjamn Victorica, San Juan 15 de febrero de 1856, en AGN, VII,
Benjamn Victorica, Diputado al Congreso federal en
1856, 3131.
56 Para
un anlisis de ambos vase Macas, "Armas", 2007.
57 Por
cuestiones de espacio no desarrollaremos sus biografas. Valga como muestra que
Jos Benito Barcena, Juan de Dios Usandivaras
y Salustiniano Zavala, los
tres representantes que firmaron el tratado haban desempeado funciones
polticas y/o judiciales con anterioridad a 1851 e incluso Zavala
haba conformado la "Coalicin del Norte" en 1840.
58 En
adelante, el debate consltese en Cmara de Diputados de la Nacin, El
poder legislativo, 1937, t. VI, pp. 338-347. Beatriz Bosch present
esta discusin pero no desde el enfoque que aqu nos interesa destacar, Bosch
"Poder", 1964.
59 La
Cmara Superior de Justicia funcion en Paran entre 1854 y 1861 como tribunal
ele consulta y apelaciones de la Confederacin. El fiscal de Estado era parte
legtima en todos los negocios criminales y en los civiles en los que se
interesaba la causa pblica o la jurisdiccin nacional, en los recursos de
fuerza y en los recursos extraordinarios o de competencias entre diversas
jurisdicciones.
60 Por
citar un caso. En clara sintona con las dems leyes que apuntaron a conformar
un orden econmico-financiero estable, en 1856 se facult a los administradores
nacionales de Rentas y Aduanas a entender en primera instancia en materia de
contrabando y dems causas contenciosas de Hacienda. La Cmara Superior de
Justicia qued por su parte autorizada a conocer en segunda instancia en las
causas que le fuesen elevadas en apelacin o remitidas en consulta. Esta
centralizacin en materia judicial fue objetada por algunas personas que
sealaron que la falta de hbitos administrativos y el comportamiento de los comercianres iran en detrimento del objetivo inicial.
Entre ellos, de Juan de Dios Usandivatas a Juan Mara
Gutirrez, Salta 21 de mayo de 1855, Biblioteca del Congreso de la Nacin, Archivo, 1981,
t. III, pp. 262-264.
61 As
lo hizo, por ejemplo, con motivo de un conflicto en la provincia de San Juan
por el ejercicio del Patronato. Con la intencin de favorecer al ex gobernador
y por entonces comandante de la Divisin Militar del Oeste de la Confederacin
-Nazario Benavdez—, se opuso al accionar del
gobernador Daz. Tambin actu la Cmara de Justicia en connivencia con el
poder ejecutivo nacional y con el propio Congreso en contra de Evaristo
Carriego, a quien se le cre una causa por "abuso de autoridad".
Carriego haba puesto en disputa el poder de Urquiza al ganarle en 1858 las
elecciones como diputado nacional por el Territorio Federalizado a Benjamn Victorica, yerno de Urquiza y su principal vocero en el
Congreso desde 1856. Vanse casos en Instituto de Investigaciones de
Historia Regional y Argentina "Profesor Hctor Domingo Arias", Archivo, 2007,
t. V, pp. 307-309 y 313-314;El Nacional
Argentino, 17 de febrero de 1857, y Coronado, Misterios, 1866,
t. I, pp. 31-41.
62 Vanse
casos en Cmara de Diputados de la Nacin, Poder, 1937, t. vi,
pp. 10 y 56, y del ministro de Justicia, Culto e Instruccin Pblica al
presidente de la Cmara Superior de Justicia, Paran, 24 de febrero de 1857, en
AGN, X, Departamento de Justicia, 1857-1858,44-8-4.
63 Scobie, hucha, 1964, y Brezzo,
"Intimidades", 1994.
64 Entre
otros, de Juan Bautista Albetdi a Juan Mara
Gutirrez, Pars, marzo de 1856, en Alberdi, Caitas, 1953, p.
64.
65 Canal, Constitucin, 1986,
p. 136.
66 Ruiz, Centenarios, 1952;
Macchi, Primera, 1979, y Bosch, Urquiza, 1980.
67 Entre
otros Gorostegui, Organizacin, 1972,
y Oszlak, Formacin, 1997.
68 Bragoni y Mguez (coords.), Nuevo, 2010, p. 27.
69 Para
Oscar Oszlak, en la Confederacin la provincia
constituy el principal marco de referencia para la organizacin poltica y las
relaciones sociales. Oszlak, Formacin, 1997,
especialmente pp. 45 y 62.
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